

El Gobierno nacional ha formalizado una serie de modificaciones que afectarán la estructura y el funcionamiento de la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación. A partir de ahora, este organismo operará bajo la dirección de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología.
Los cambios entraron en vigor este viernes por la madrugada, luego de la publicación del Decreto 447/2025 en el Boletín Oficial, lo que representa una modificación al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 157 del 14 de febrero de 2020.
El primer artículo de la normativa actualizada especifica el nuevo lugar que ocupará dentro de la estructura estatal, dado que el organismo descentralizado fue creado antes de que el Ministerio de Innovación, Ciencia y Tecnología se convirtiera en Secretaría.
Asimismo, se ha dispuesto que el organismo estará liderado por un Comité Directivo compuesto por un presidente y dos directores. “Estos últimos serán seleccionados considerando criterios de representación de distintos sectores y disciplinas”, indicaron.
Una vez ocupados los cargos correspondientes, la comisión deberá reunirse en sesiones ordinarias de manera periódica. En estas reuniones, tomarán decisiones clave para el diseño, ejecución y evaluación de programas de financiamiento e incentivos a la innovación, con regulaciones internas específicas.

La designación y remoción de las autoridades integrantes de la Agencia Nacional de Promoción de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación requerirá la aprobación del Poder Ejecutivo. Sin embargo, serán propuestas por la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología. Además, se determinó que el presidente del organismo tendrá un rango equivalente al de secretario, mientras que los directores desempeñarán sus funciones ad honorem.
Otra modificación importante que se ha establecido en el documento es la redefinición de las funciones que deberá cumplir el organismo en adelante. Entre estas funciones, destaca la gestión de fondos y su posterior distribución, así como la implementación de criterios y procedimientos que aseguren la transparencia.
En este sentido, la agencia deberá diseñar, implementar y evaluar programas e instrumentos promocionales en su ámbito, al tiempo que deberá proponer un esquema de fondos de inversión y respaldo orientado a fomentar la actividad científica y tecnológica.
Asimismo, tendrán la responsabilidad de crear un sistema de evaluación de proyectos que examine la “factibilidad económica, tecnológica, el porcentaje de riesgo y la recuperación del financiamiento reembolsable otorgado” para los instrumentos y herramientas puestas en marcha con el fin de fomentar la innovación en el sector científico.
En este contexto, deberán establecer los criterios, mecanismos, pautas y procedimientos que regularán la implementación de dichos instrumentos, al tiempo que favorecerán la cooperación público-privada y la creación de sinergias entre los actores del sector.
Por otro lado, el titular del organismo será responsable de la representación legal y la dirección general de la Agencia, además de la ejecución de los programas y proyectos según las directrices del Comité Directivo.
Entre las funciones establecidas se incluye la supervisión del funcionamiento de las diferentes dependencias, la gestión económica, financiera y patrimonial, junto con la administración de los recursos humanos. Además, deberá fomentar la obtención de fondos tanto públicos como privados, tanto a nivel local como internacional, y proporcionar información crucial para la elaboración y presentación del presupuesto anual.
Para cumplir con los objetivos fijados, las autoridades han facultado al presidente del organismo para solicitar la colaboración de otros entes de la Administración Pública Nacional. Entre las responsabilidades formales se suma la elaboración y publicación de la Memoria Anual, así como la capacidad de actuar en juicio, a través de apoderados designados, en representación de la Agencia. Finalmente, contará con autorización para aceptar herencias, legados, donaciones y subvenciones provenientes de entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.