
A finales de agosto, el juez Hugo González Elías, vocal de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Paraná, se jubiló. Su puesto será ocupado como jueza suplente por la abogada Aranazú Quiroga. Así, el tribunal queda integrado por Adriana Beatriz Acevedo y Marcelo Baridón. González Elías fue uno de los primeros miembros de la Cámara, que se estableció hace catorce años.
El 31 de agosto de 2011, la Legislatura aprobó la Ley N° 10.051, que creó dos Cámaras en lo Contencioso Administrativo: una en Paraná y otra en Concepción del Uruguay. Los primeros seis miembros, tres por cada sala, prestaron juramento el 10 y 11 de octubre de 2012, respectivamente.
Más de una década después, de aquellos integrantes originales, solo dos continúan en funciones: Hugo González Elías, quien presidió la Cámara en Paraná, y María Fernanda Erramuspe, que dirige la Cámara de Concepción del Uruguay. Junto a ellos, Andrea Giusti, Susana Verzeñassi, Julio Pérez Ducasse y Luis Carrozzo conformaron la primera integración, a la que dieron la bienvenida en ceremonias presididas por la entonces presidenta del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Leonor Pañeda.
Con el inicio de septiembre, González Elías decidió acogerse a la jubilación. Actualmente, el tribunal lo conforman dos vocales: Adriana Beatriz Acevedo y Marcelo Baridón, mientras que Aranazú Quiroga se sumará como jueza suplente.
Los primeros vocales de la nueva Cámara Nº 1 en lo Contencioso Administrativo, con sede en Paraná, fueron Andrea Fabiana Giusti, Susana Lelia Verzeñassi y Julio César Pérez Ducasse. Por su parte, en la Cámara Nº 2, ubicada en Concepción del Uruguay, fueron designados los abogados Luis Osvaldo Carrozzo, Hugo Rubén González Elías y María Fernanda Erramuspe, quien era jueza titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 3 de esa ciudad.
Diez años después de su creación, este fuero ha evolucionado y ampliado su ámbito de actuación, dejando de lado su intervención en ciertos asuntos recientes. Por ejemplo, las impugnaciones a las decisiones del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos ahora son competencia del Superior Tribunal de Justicia, según la nueva ley aprobada por la Legislatura. Sin embargo, este tema sigue siendo objeto de discusión en el ámbito legislativo.
El artículo 26º de la Ley Nº 11.003, que reformó el Consejo de la Magistratura, establece que la revisión judicial de las decisiones de este organismo corresponde al Superior Tribunal de Justicia, mediante un recurso directo que debe presentarse en un plazo de cinco días tras la notificación de la decisión.
Hugo González Elías analizó que la finalidad original del Contencioso Administrativo era controlar la legalidad de los actos de la Administración Pública, ejerciendo el poder Judicial un control sobre el Ejecutivo. Sin embargo, en estos diez años, la naturaleza de este fuero ha cambiado, ampliando su alcance más allá de cuestiones laborales y de jubilaciones hacia un ámbito más amplio que incluye obras públicas y servicios, así como cuestiones urbanas, como la construcción de la torre en calle Catamarca, que son de gran relevancia.
La transformación actual también ha llevado a que se aborden temas patrimoniales, tributarios y acciones de inconstitucionalidad, que antes trataban los Juzgados Civiles y Comerciales. Además, se han incluido asuntos referentes a la Ley de Espectáculos Públicos, multas de tránsito en rutas provinciales y violencia de género institucional, entre otros. “El tribunal ha dejado de ser un contencioso administrativo clásico para convertirse en una Cámara de Derecho Público”, concluye González Elías.
(Fuente: Entre Ríos Ahora)