El escrito plantea al intendente José Carlos Halle “la revisión de aprobación del proyecto de instalación de un Hipermercado en el área UR7, a los efectos de cumplimiento de la norma, solicitando a los emprendedores, adecuación al Código Urbano”, que impedía en esa zona la ubicación de un emprendimiento de esas características. Como se recordará, la Municipalidad dictó una medida de excepción para avanzar en el emprendimiento.Asimismo, reclama que se notifique “en forma urgente a la empresa Comas, Pedro Lucas – Mundo Construcciones S/A, la suspensión de toda tarea preliminar a la construcción de la obra”.La resolución, uno de los últimos actos de la Defensora Adjunta Marta Benedetto que hoy entregó la conducción de la dependencia al recientemente electo Luis Garay, reclama también que se valoren “las características que debe tener en cuenta el Municipio para la instalación de emprendimientos comerciales y que tiendan a un mayor desarrollo urbano, a la generación de empleo, a la accesibilidad de bienes y servicios para los ciudadanos paranaenses”.La decisión se tomó a petición del reclamo presentado por el Centro de Almaceneros y la Asamblea Multisectorial de Paraná, ante lo que consideraron actos “irregulares y arbitrarios de la autoridad Municipal”, en referencia a la excepción hecha hacia Changomas, una empresa subsidiaria de Wal Mart.Las consideraciones hechas por Benedetto ocupan tres carillas y, entre los argumentos vertidos, se destaca la observación sobre el acta de la Comisión Asesora del Código ambiental en cuanto a que en la fundamentación para otorgar la factibilidad “no existen argumentos que nos permitan conocer las razones de la factibilidad para la construcción lo que, además de vulnerar cualquier razón, sienta un precedente de violación de las normas vigentes y deja abierta la posibilidad para siguientes excepciones”.También hace mención a que los preceptos constitucionales “que van desde el cuidado del medio ambiente, hasta la previsión de la competencia, la distorsión de los mercados, y al control de los monopolios, no se han tenido en cuenta, o bien no aparecen considerados en el expediente”.“No hay dudas que el emprendimiento comercial alterará el mercado y que la responsabilidad de la autoridad Municipal encargada de habilitar el negocio está especificada en la reformada Constitución Provincial, Art. 67º apartado a) “estimular la existencia competitiva en los mercados y una equitativa distribución de la renta, promoviendo acciones tendientes a evitar que prácticas individuales o colectivas distorsionen o impidan la competencia o lesionen el bienestar general’”, sostiene la ahora ex – Defensora Adjunta.En orden a esto, menciona que “el análisis que permite una consideración amplia de lo establecido constitucionalmente no está presente, ni los estudios muy necesarios del impacto en el mercado laboral, máxime cuando el empleo privado en Paraná está en retroceso”.Antes, había remarcado la necesidad de que se revisen los criterios de conformación de la Comisión Asesora “a los efectos de ampliar la mirada en función del interés general, más allá de los sectores que expresan intereses sectoriales muy ligados al mercado inmobiliario”. Este planteo ya se había hecho en 2007.





