La ciudadana que presentó el reclamo en la Defensoría, posee una idea ytiene la disposición de encarar una iniciativa económica, sin embargo, porel simple hecho de que no posee ciertas cualidades económicas personaleso no posee garantías financieras (no se encuentra en condiciones de ofrecerun garante que demuestre un ingreso de por lo menos 1000 pesos mensuales),se encuentra limitada e impedida para que su proyecto pueda ser evaluadopor el grupo de evaluación técnica y por el comité de crédito del COPROMEM.
A la luz de este caso particular, en los fundamentos de la Recomendaciónde la Defensoría del Pueblo, se analizan los propósitos y la evolución históricade la institución del crédito, que ha sufrido deformaciones, ya sea debidoa incumplimientos, a modificaciones en las reglas de juego en la sociedad,o al surgimiento de capital económicamente improductivo (activo desde elpunto de vista financiero).
Estos acontecimientos originaron que las entidades crediticias coloquen especial insistencia en los recaudos que le pueden asegurar el recupero del capital más los intereses otorgados en préstamo y dejen de tener en cuenta las cualidades del emprendimiento para el cual se otorga el crédito. El crédito se transformó en una Institución costosa y de complicado acceso, debido a los altos intereses y para lo cual, cobraron especial importancia las cualidades del tomador del crédito y las garantías ofrecidas por este último.
La Institución del crédito, paradójicamente, se tornó más accesible para quien puede demostrar que posee dinero o recursos suficientes como para afrontar las garantías, por lo que no es desatinado afirmar que el dinero se ha hecho más fácilmente accesible para quien ya tiene dinero u otros recursos.
El Defensor recordó las características especiales del COPROMEN y el caráctersocial y de promoción y fomento del FOPROMEM, y la responsabilidad que sedemanda de las organizaciones miembros en lo que hace al establecimientode garantías de otro tipo a las tradicionalmente financieras, teniendo encuenta que para este caso funcionan también como garantías la responsabilidady seriedad con la que se evalúa algún proyecto, y en el acompañamiento posteriordel nuevo emprendedor.
El Defensor recomendó entonces al Consejo de Promoción del Empleo (COPROMEM)que revise los mecanismos utilizados para evaluar las condiciones del otorgamiento de crédito sobre aquellos proyectos que han tenido una evaluación positiva por parte del equipo de evaluación de proyectos, a fin de que ideas y proyectos viables no queden al margen a causa de que no se alcanzan a cumplir con la totalidad de algunos requerimientos ?financieros?.
Y, que para el caso de ciudadanos con ideas y proyectos evaluados como viables, que soliciten un microcrédito y que no puedan conformar garantías clásicas, se arbitren medios alternativos, ya sea mediante establecimiento de garantías prendarias sobre herramientas o maquinarias a fin de ejercer el formal resguardo del capital aportando por los ciudadanos de Paraná al FOPROMEM, o se dé forma a algún tipo de garantía social.