Miércoles, 8 de noviembre de 2006   |   Policiales

Por un fallo de la Corte liberan a la chica jujeña que mató a su beba

El Tribunal anuló la sentencia que le negaba su excarcelación. Hace un año fue condenada a 14 años por el crimen de su hija recién nacida. Ella dice que el embarazo fue tras una violación y que no supo lo que hacía.
La Corte Suprema revocó ayer "por falta de fundamentación" la decisión de la Justicia de Jujuy de denegar la libertad a Romina Tejerina, condenada en junio de 2005 por haber asesinado a puñaladas a su beba luego de darla a luz. El máximo Tribunal consideró que la joven debe ser excarcelada hasta tanto los magistrados jujeños dicten una nueva sentencia respecto a los planteos presentados por la defensa de la chica, que cuestionó la decisión de enviarla a prisión por catorce años por homicidio calificado.En su resolución, la Corte compartió los argumentos del procurador fiscal Eduardo Casal, quien consideró que, "por reconocer una fundamentación sólo aparente, apoyada en consideraciones dogmáticas o inferencias sin sostén jurídico o fáctico", el Tribunal Superior de Jujuy no configuró "un acto jurisdiccional válido" al denegar la queja planteada por la defensa respecto a la condena. "La paralización del trámite en la forma en que fue resuelta produce una demora injustificada en la decisión del derecho que se proyecta con los alcances propios de una denegación de justicia", determinó Casal.El caso de Romina Tejerina conmocionó al país. El 23 de febrero de 2003, cuando tenía 19 años, la joven dio a luz a una nena en el baño de la casa de su hermana y, tras colocarla en una caja de cartón, le dio "más de dieciocho puñaladas", explicando un mes más tarde que el embarazo había sido producto de una violación. La nena murió dos días después en un hospital. Desde entonces está detenida en una cárcel de Jujuy.Ayer, la Corte Suprema sólo trató el tema de la queja presentada por la defensa, que incluía un pedido de excarcelación de su defendida. La decisión del máximo Tribunal de liberarla deberá ser ejecutada en un plazo de 48 horas por el juez que decidió su encierro, y luego el Tribunal Superior de Jujuy deberá revisar su fallo respecto al reclamo de casación. "Sin perjuicio de la resolución que pueda adoptarse acerca del fondo", la orden categórica de la Corte es dictar un "nuevo fallo conforme a derecho".A lo largo de varias páginas, el fiscal explica que el Tribunal Superior de Jujuy resolvió frenar el trámite de apelación hasta tanto se "reintegrara el proceso seguido contra Eduardo Emilio Vargas por el delito de abuso sexual con penetración en perjuicio de Tejerina", que estaba en ese momento en manos de la Corte (Vargas es el vecino a quien Tejerina acusó de violación y que luego fue sobreseído por la Justicia), y destaca que se está cometiendo un error procesal al denegar una queja y dejar encarcelada a una persona sin que haya todavía sentencia firme. Uno de los reclamos de la defensa era precisamente la definición de la Corte respecto a la situación Vargas. El tema es que ese reclamo fue resuelto hace poco más de una semana, el 31 de octubre, algo que destaca la jueza Carmen Argibay en la resolución de ayer, al votar en disidencia por considerar que "la cuestión traída a conocimiento del Tribunal se había tornado abstracta". El hecho es que, sin expedirse sobre cuestiones de fondo ni cuestionar la condena, los jueces Petracchi, Fayt, Maqueda, Zaffaroni, Highton de Nolasco y Lorenzetti acompañaron los argumentos del fiscal, hicieron lugar al recurso extraordinario y dejaron a Tejerina a un paso de la libertad hasta que el proceso termine y una sentencia firme defina su situación.

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