
La Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N° 10 de Capital Federal y la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM) han solicitado que la causa que investiga al empresario entrerriano Francisco Sáenz Valiente por la muerte de Emmily Rodrigues Santos Gomes sea elevada a juicio oral. La joven brasileña falleció el 30 de marzo de 2023 al caer desde un 6° piso en el barrio de Retiro, en la Ciudad de Buenos Aires.
Según los representantes del Ministerio Público Fiscal, Sáenz Valiente debe enfrentar cargos por suministro gratuito de estupefacientes, facilitación del lugar para su consumo y abandono de persona agravado por el resultado de muerte. Aunque inicialmente fue procesado por homicidio imprudente, la Fiscalía considera que la calificación más precisa de los hechos es la de abandono de persona.
Minuto a minuto
De acuerdo a lo investigado, en la madrugada en cuestión, Sáenz Valiente coordinó la presencia de cuatro mujeres, incluyendo a la víctima, en su departamento. Testimonios recopilados indican la presencia de drogas en el lugar, suministradas por el imputado, que causaron una alteración psíquica en Rodrigues Santos Gomes. A pesar de la evidente situación de la joven, el imputado no brindó asistencia oportuna.
La llamada a los servicios de emergencia se realizó tardíamente, y la víctima acabó cayendo desde la ventana del edificio, sufriendo lesiones fatales durante el traslado al hospital. Los fiscales sostienen que las acciones de ayuda ejecutadas por Sáenz Valiente llegaron demasiado tarde para salvar la vida de la joven.
Suministro de estupefacientes
Tras analizar pruebas como testimonios y peritajes, la Fiscalía concluyó que Sáenz Valiente proporcionó las sustancias consumidas esa noche y facilitó el lugar para su uso. Se destaca una conversación en la que el imputado mencionaba la disponibilidad de drogas en su domicilio. Los fiscales subrayan que Sáenz Valiente no detuvo el consumo de drogas ni brindó ayuda médica adecuada a la víctima, a pesar de su estado crítico.
El suministro de drogas propició el riesgo que culminó en la muerte de la joven, ya que Sáenz Valiente mantuvo la reunión sin tomar medidas para neutralizar la situación. La Fiscalía enfatiza que la joven estaba en buen estado al llegar al lugar y que consumió sustancias suministradas por el imputado durante la velada.
Abandono de persona
El delito de abandono de persona, según el artículo 106 del Código Penal, implica poner en peligro la vida o salud de otro al abandonarlo en una situación de desamparo. En este caso, se argumenta que Sáenz Valiente tenía la responsabilidad de actuar para evitar la muerte de la joven, pero omitió hacerlo, lo que desembocó en su fatal desenlace.
Los fiscales señalan que una vez que la víctima perdió el control de sí misma, Sáenz Valiente tenía la obligación de intervenir, derivada de crear un escenario de riesgo al permitir el consumo de drogas en su domicilio. Su falta de acción oportuna resultó en la tragedia.
Análisis de género
Finalmente, los fiscales Alberto Gentili y Mariela Labozzetta argumentan que estos eventos deben ser analizados a la luz de las leyes nacionales e internacionales de protección de los derechos de las mujeres. Destacan los compromisos del Estado argentino en la lucha contra la violencia de género, subrayando la necesidad de un proceso judicial acorde a estándares internacionales, sin prejuicios de género.


