Sábado, 19 de mayo de 2007   |   Municipales

Paraná quedaría libre de humo (de cigarrillo)

El Intendente quiere que se empiece a debatir en la ciudad la posibilidad de impedir fumar en espacios cerrados de concurrencia pública, sean éstos edificios privados o del Estado.
El intendente de Paraná, Julio Solanas, elevó al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza con el fin de establecer la prohibición de fumar en todos los lugares de concurrencia masiva, sean estos públicos o privados. Es decir que si el Concejo la aprueba, ya no se podrá fumar en ninguna repartición pública, en ningún comercio y tampoco en bares, restoranes, ni discotecas. Así, ya no existirá la disposición vigente hoy, que obliga a bares y restoranes a tener lugares separados para “fumadores” y “no fumadores” porque directamente ya no se podrá fumar en lugares cerrados. El nuevo articulado dispone una prohibición rigurosa que “veda absolutamente” el uso del tabaco en sus diversas formas en “todos los ambientes cerrados, públicos o privados, de uso público y concurrencia masiva”. Comprende, asimismo, “lugares privados donde se presten servicios públicos, medios de transporte públicos o privados y locales comerciales cuya autorización emane del Estado municipal”. El proyecto incluye la obligación de exhibir carteles que indiquen la prohibición de fumar en todos los edificios de concurrencia pública y faculta al Ejecutivo a reglamentar los procedimientos y sanciones pertinentes con relación a la ordenanza y a designar al organismo de aplicación.Si finalmente se aprueba la ordenanza, Paraná se asemejará en este sentido a ciudades como Santa Fe y Córdoba, donde desde hace más de un año rige la prohibición de fumar en todos los lugares cerrados de concurrencia pública. INSPIRACIÓN “A esta idea la vengo pensando hace mucho tiempo”, contó en diálogo con EL DIARIO el intendente de Paraná, Julio Solanas, que “algún cigarrillo” ha fumado en su juventud pero ya ha abandonado la costumbre. “He ido algunas veces a Buenos Aires en todo este año y hay ya una cuestión normal de salir a la calle si se desea fumar, pero sobre todo he reflexionado sobre lo que pasa en Santa Fe, sobre cómo ha sido tomada la prohibición de fumar por la ciudadanía y por los empresarios: de la mejor manera. Por eso me he preguntado por qué nosotros no podemos hacer lo mismo en Paraná”, confió el Intendente. “Está probado que el tabaco daña y los no fumadores están en desventaja, para los que no fuman se destina la mesita de al lado del baño”, señaló. Por otra parte, “la experiencia en las otras provincias es excelente. Ahora, al proyecto para Paraná lo tendrá que evaluar el Concejo pero también imponemos un debate que los paranaenses no lo hemos tenido todavía, es necesario que la sociedad opine sobre esto. Hay una demanda muy fuerte de ambientes saludables, tanto en el trabajo como cuando uno va a un comercio o un lugar de gastronomía, la demanda es real”, agregó. FUNDAMENTOS Si bien existe una ordenanza en Paraná que obliga a los comercios a disponer espacios para “no fumadores”, el Ejecutivo entiende que esta medida resulta “insuficiente en cuanto a la protección del no fumador, debido a que generalmente las superficies habilitadas para los no fumadores son más reducidas que las de fumadores, pese a que hay más no fumadores que fumadores”. Además, “los espacios asignados a quienes no fuman no son ventajosos: están contra la pared, alejados de las ventanas, debajo de la escaleras, o vecinos al baño, cocina, patio o parrilla”. Después de enumerar los daños que ocasiona el humo del tabaco en la salud, el texto del proyecto advierte que “las campañas de concientización carecerán de efecto mientras perdure el concepto de que el tabaquismo es algo personal”, y señala entonces que “el derecho a respirar el aire limpio de contaminantes tóxicos y cancerígenos está por encima de saciar un placer personal dañino”. Finaliza diciendo que “el drama de los no fumadores es el de cualquier víctima que no puede defenderse sin ser injustamente acusado de odioso, mal compañero, quisquilloso o represor”. Por eso, el Ejecutivo municipal entiende que “es necesario legislar con normas que eviten la agresión que padece el no fumador para que la defensa del aire puro no degenere en conflictos personales”. DESDE LA SANCIÓN DE LA ORDENANZA 7.907 en 1997 se prohibe fumar en Paraná en todas las oficinas y lugares dedicados a la atención al público dependientes de la Municipalidad. La medida alcanza al personal municipal –siendo pasible de sanción su incumplimiento– y al público concurrente a las dependencias comunales, incluido el Concejo. Dicha disposición se extiende a los lugares públicos y privados cerrados de concurrencia masiva de menos de 50 m2 de superficie y a los espacios de uso común. Los riesgos para los fumadores pasivosEn sus fundamentos, el proyecto de ordenanza que prohibe fumar en lugares cerrados describe los efectos del humo del tabaco en los no fumadores. “Los fumadores pasivos tienen más posibilidades de padecer asma, cáncer, problemas cardíacos, trastornos pulmonares y respiratorios, y los riesgos se acrecientan en niños pequeños y en embarazadas”. Explica asimismo que “es más peligroso el humo del cigarrillo que se consume más lentamente a causa de la disminución de la temperatura”: el humo que se dispersa por un recinto cerrado tiene una temperatura menor que el humo que inspira el fumador y no se alcanzan a quemar ciertos componentes cancerígenos que termina respirando el no fumador, dice el proyecto del Ejecutivo. Santa Fe y Córdoba, las pionerasDesde enero de 2006 no se puede fumar en lugares cerrados en toda la provincia de Santa Fe, que tiene una ley antitabaco desde 2005. Esa norma estableció la prohibición de fumar en los organismos del Estado y en los bares y restaurantes. Entre estos últimos, los que cuenten con lugares abiertos en la vía publica o en patios, las mesas tendrán que instalarse a una distancia prudencial de los otros lugares donde se pueda fumar. La ley establece también sanciones para los comerciantes que vendan cigarrillos a menores de edad y obligó a los titulares de kioscos y salones de venta a retirar los exhibidores y carteles que promueven el hábito de fumar. Hoy, en la ciudad de Santa Fe, no se puede fumar ni en el bufete de una facultad: las penas para los propietarios de los locales oscilan entre los 100 y 500 pesos.CÓRDOBA. Este mes cumplió un año la ordenanza que prohibe fumar en lugares cerrados de acceso público de la ciudad de Córdoba. Y el 31 de mayo empieza a regir la ley antitabaco de la provincia de Córdoba. La ordenanza 11.039 fue sancionada el 18 de mayo de 2006, luego de que la provincia anunciara que a partir del 31 de mayo de ese año iba a entrar en vigor la ley 9.113 (sancionada en mayo 2003 y reglamentada a fines de 2004), la cual prohíbe fumar en todos los lugares cerrados públicos y privados con acceso público. La norma municipal restringe la prohibición a “bares, confiterías y restoranes”, en tanto que otra ordenanza municipal, la 11.040, fija multas para los propietarios de estos negocios en donde se constate gente fumando y para los propios fumadores. Las sanciones van desde los 50 a 500 pesos y puede llegar a la clausura del local si hay reincidencias. TUCUMÁN. La ley 6817 es la que establece la prohibición de fumar en lugares públicos de la provincia de Tucumán. También se multa a quienes no cumplan la norma, tanto a fumadores como a dueños de bares, restoranes o afines que permitan hacerlo. (Fuente: El Diario)

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