El secretario de Planificación de la municipalidad de Paraná, Guillermo Federik apuntó que “en los últimos cinco años se atendieron concesiones privadas” las cuales “en lugar de propiciar la zona, han significado una migración de la urbanidad de alrededor”. Según el funcionario, estos emprendimientos “han tomado los mejores enclaves, se los han apropiado y han deprimido el entorno inmediato”. En ese sentido remarcó: “Queremos rectificar esta situación y eso implica lisa y llanamente prohibirlo”.El funcionario señaló además que la norma diferencia entre barrios privados y clubes de campo. “Pero lo que queremos es evitar que se capturen sectores urbanos, que se privaticen bajo una modalidad u otra, que no se dejen espacios públicos y se restrinjan accesos”, subrayó. Luego ratificó: “Se prohíbe cualquier barrio privado, cualquiera sea las características que tengan. Porque va en contra del proyecto de ciudad que queremos. No queremos que la ciudad se construya a partir de fragmentos urbanos cerrados, amurallados, dándole la espalda a la ciudad”.”Tenemos una visión de ciudad que no se construye a partir de la proliferación de enclaves privados, de espaldas a la realidad del resto de la población, buscando condiciones ficticias de seguridad que no tienen en cuenta el contexto”, sostuvo.<b>Proyectos en curso</b>Respecto a la situación de los emprendimientos de esas características que se encuentren en gestión o en curso, Federik indicó: “No se puede legislar hacia atrás”.Por ello expresó que “lo que ya está en trámite, tiene un período de transición de cuatro meses para regularizar el trámite de gestión. Para que puedan presentar la documentación que esté faltando u organizar las obras que pudieran faltar”, y de ese modo continuar con las obras o las gestiones.Según dijo, actualmente existen cuatro expedientes en gestión: “Puerto Barrancas, Puerto Urquiza, Amarras del Sol, ubicado en los Arenales; y otro en calle López Jordán, lindero al que ya existe en el Acceso Norte”.De todos modos, el Secretario remarcó que el proyecto ingresado este miércoles al Concejo “no es una norma inspirada en situaciones puntuales, sino que enmarca una política urbana a mediano plazo. No queremos ir en contra del derecho adquirido de nadie, ni boicotear ningún emprendimiento en particular”.<b>La iniciativa</b>El proyecto -que lleva la firma de Federik, la intendenta Blanca Osuna y el secretario Legal y Administrativo, Gustavo Acosta- prohíbe “dentro del ejido de la ciudad de Paraná, a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, el establecimiento y/o formación de barrios privados y/o cerrados en cualquiera de sus formas, entendiéndose alcanzado en los términos del presente artículo a todo emprendimiento urbanístico regido por un plan especial de urbanización destinado a uso residencial con perímetro restringido al paso público general, compuesto por unidades parcelarias independientes y áreas de uso común, unidas en forma indisoluble por su destino funcional y jurídico, que cuenten en el plan de urbanización que establezca la responsabilidad de su mantenimiento, organización y prestaciones esenciales, ya se a de los titulares actuales y/o futuros de las parcelas y/o de una entidad jurídica constituida con tal objeto y en el que no se permita la integración urbana del mismo a la ciudad”.El artículo 2º, en tanto, dispone la prohibición “dentro del ejido de la ciudad de Paraná, a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, el establecimiento y/o formación de clubes de campo, entendiéndose alcanzado en los términos del presente artículo a todo complejo recreativo residencial ubicado en una extensión territorial limitada con perímetro restringido al paso público general, compuesto por unidades parcelarias independientes entre sí que cuenta con una entrada común y está dotado de espacios destinados a actividades deportivas, convirtiéndose las actividades deportivas en el eje esencial de la vida del barrio. Con viviendas de uso transitorio o permanente planteando entre el área de viviendas y el área deportiva una relación funcional y jurídica que proponga a la urbanización en un todo inescindible”.Por último, el artículo 3º establece que “en los casos de expedientes en trámite en los que se hubiere dictado resolución de factibilidad conforme las normas existentes mal tiempo de su inicio y esta se encontrare vigente, las etapas posteriores de la tramitación podrán seguir rigiéndose por aquellas disposiciones preexistentes si el interesado completa totalmente la documentación requerida para obtener la aprobación del proyecto dentro del plazo improrrogable de cuatro meses a partir de la vigencia del presente”.