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Miércoles 02 de septiembre de 2020
Silvana Stürtz (*): ¿Quién garantiza la igualdad de derechos a la educación de los estudiantes con discapacidad?

La inclusión de estudiantes con discapacidad interpela las escuelas de todos los niveles de nuestro país, tratando de romper con el viejo paradigma de la escuela tradicional. No es lo mismo integrar que incluir, no es lo mismo que un estudiante “esté en la escuela” a que “sea parte de ella”.

Para comenzar a pensar el paradigma que hoy atraviesa la educación argentina, debemos realizar un recorrido histórico para intentar comprender los distintos posicionamientos de los actores institucionales responsables de brindar educación para todos.

La escuela que conocemos todos, naturalizada en su estructura, conocida desde el siglo XIX y que surgió de alguna manera con la construcción de los estados nacionales, tenía como principal función que los niños que provenían de las zonas rurales y los hijos de los inmigrantes que provenían de distintos países, con diferentes culturas, se apropiaran de los elementos necesarios para unificar y crear un sentimiento de patria. Esto colaboraría con los proyectos del Estado que se pretendía formar. Así, las escuelas recibieron las indicaciones de homogeneizar, dividiendo los grupos de alumnos por edades y desplegando distintos dispositivos y rituales como símbolos emblemáticos de la educación argentina, colaborando así con ese sentimiento nacional que se pretendía. Esta idea de homogenización pretendía brindar igualdad de oportunidades a esos cientos de niños que concurrían a las escuelas con realidades sociales y culturales muy diferentes, construyendo el espíritu de los cimientos de la escuela pública; pero no asegurando, aun así, la equidad.

Recién en las últimas décadas del siglo XX se comienza a poner la mirada en la diversidad, proponiendo estrategias más inclusivas que atendieran las diferencias, pero sin dejar de lado las obligaciones que tenía el Estado en cuanto a garantizar los derechos ciudadanos. Entre estas diferencias se presta atención a los alumnos con necesidades especiales y surgen las llamadas escuelas diferenciales, atendiendo además a las dificultades de aprendizaje que se observaba, viéndolo como un obstáculo que requiere atención especial y personalizada.

Aportes de las ciencias llegan después de la segunda mitad del siglo pasado para mirar de una forma más favorable a la diversidad, con los aportes de la neurociencia, sociología de la educación y la psicología cognitiva, entre otras.

Mundialmente, hitos destacables en cuanto a legislación, resuenan; como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU, 1948), proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, que en su Art. 1 menciona: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y en derechos (…)”, lo que es un verdadero respaldo legal para garantizarle a todos los niños igualdad de oportunidades a aprender y a recibir educación gratuita, relacionándolo además con lo expresado en el Art. 26: “Toda persona tiene derecho a la educación (…)” y en 1959  redacta la Declaración de los Derechos del Niño; en tanto que la UNESCO en 1960 realiza una “Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza”.

Un verdadero adelanto en la legislación lo es la sanción de la Ley Federal de Educación de 1993, la cual por primera vez en la legislación de nuestro país incluye la atención a las Necesidades Educativas Especiales. Otro hecho destacable es la creación del INADI en el año 1995 el cual se enfoca en la lucha contra todo tipo de discriminación. Por último, y como tercer hecho destacable la Ley de Discapacidad de 1997, la cual da la garantía por parte del Estado de que todas las personas con discapacidad encuentren cobijo bajo la ley y se atienda a sus necesidades.

En el año 1998 se realiza el Acuerdo Marco para la Educación Especial, el cual da marco normativo para la integración Educativa de estudiantes con Necesidades Educativas Especiales, disponiendo que se propongan las estrategias y recursos necesarios para que puedan acceder a los contenidos curriculares según la necesidad.

La Ley Nacional de Educación Nº 26206 sancionada en el año 2006 surge como nueva Ley Educativa prometedora, la cual intentará modificar los grandes vacíos que dejó la implementación de la Ley Federal de Educación. Cabe mencionar que la misma establece en el Cap. IV Art. 29 “La educación secundaria es obligatoria y constituye una unidad pedagógica y organizativa destinada a los/as adolescentes y jóvenes que hayan cumplido con la educación primaria.” Esta Ley da máxima importancia a la inclusión de todos los estudiantes, poniendo como garante de derecho al Estado. Considerando la extensión de la obligatoriedad de la Educación Secundaria se debe pensar en el cambio de paradigma que el Sistema Educativo, la escuela junto con sus actores y modos de organizarla y habitarla, deben reorganizar espacios, tiempos y responsabilidades. Los cambios de paradigmas generalmente, vienen acompañados de conflictos. El cambio de mirada hacia el sujeto, debe estar acompañada de decisiones políticas, por supuesto, además de acompañamiento social. Respetar las diferencias en la escuela, implica un espacio singular y común para todos y cada uno, trabajo que implica el respeto por los derechos de lo común y singular también en la sociedad.

La “Ley 26.378: Ratificación por parte de la República Argentina de la Convención Internacional sobre los Derechos de las personas con Discapacidad del 2007” da pie a la elaboración de proyectos de integración que acercan a las escuelas al concepto de inclusión.

Posteriormente, en 2016 el Consejo Federal de Educación promulga la Resolución 311/16 en la que da pautas para la inclusión de estudiantes con discapacidad en las escuelas comunes, garantizando la titulación del nivel. A partir de allí, cada provincia debía elaborar su normativa jurisdiccional para poner en marcha dicha propuesta y así garantizar la igualdad de derechos.

¿Qué está sucediendo en la provincia de Entre Ríos que aún no hay legislación jurisdiccional en el Nivel Secundario? El Consejo General de Educación logra recién en 2019 la concreción de la Resolución Nº 0920/19 en la que establece un régimen de evaluación y acreditación en el Nivel Primario. Esta toma los aportes de la Res. 311/16 del CFE y da forma a los procesos de inclusión de los estudiantes con discapacidad en las escuelas comunes. En tanto, en el Nivel Secundario la evaluación es abordada según la Resolución 1582/11 CGE más específicamente en su Cap. IV, el cual se encuentra desactualizado en cuanto a la acreditación de saberes y titulación de los estudiantes con discapacidad, los cuales realizan trayectorias educativas variadas, según su realidad y necesidad.

Lo paradojal se da en que actualmente muchos estudiantes con discapacidad están cursando su educación secundaria, sorteando todo tipo de obstáculos, haciendo uso de su derecho indiscutible a la educación; pero la realidad es que, al finalizar su trayectoria en el nivel, no están obteniendo su título que acredite tal trayectoria. ¿Cuál es la causa? Que el Consejo General de Educación no ha logrado dar respuestas con la normativa acorde a esta demanda. ¿Qué ocurre con los estudiantes que están en condiciones académicas de cursar estudios superiores y que no reciben su título? ¿qué ocurre con ese estudiante que pretende insertarse en el mundo laboral y se le solicita un título secundario hasta para reponer mercadería en un supermercado?

Como respuesta a estos interrogantes, alguna autoridad respondió en una oportunidad: … “los padres deberán presentar un recurso de amparo si quieren el título”. ¿De qué igualdad de derechos estamos hablando?

La mayoría de los logros que se fueron sucediendo en la historia de la educación especial, ha sido por la lucha que muchos padres han dado por el afán de defender los derechos de la educación de sus hijos, junto a autoridades que sí estaban convencidos que “todos pueden aprender”.¿Será que las familias tendrán que encausar demandas legales para que sus hijos tengan el mismo derecho que aquel estudiante que se lo considera “normal”?

Las personas con discapacidad son las que más obstáculos tienen para superar en estos tiempos: de por sí algunas patologías hacen compleja sus vidas, pero las batallas que tienen que dar en el sistema es aún peor: mutuales que no cubren todas las necesidades de tratamientos, elementos básicos como sillas de ruedas posturales, acompañantes pedagógicos, elementos tecnológicos necesarios para su aprendizaje, etc.; ni hablar de los prejuicios y miradas estigmatizantes de la sociedad que rotulan con el diagnóstico, sus capacidades y habilidades.

Creo que no podemos seguir hablando de “educación para todos” si hay quienes están cayendo del sistema. Si no está garantizada la titulación de nivel, no está garantizado el derecho de igualdad. -

(*) Docente. Rectora Instituto Superior de Formación Docente “Dr. Miguel Puiggari”

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