
Las provincias deben cumplir con la obligación de informar a la población el detalle de los impuestos y tasas que cobran en las operaciones para la compraventa de bienes y servicios, tal como lo indica la ley de Transparencia Fiscal y hasta la Constitución, a partir de la inclusión de los derechos del consumidor en la reforma de 1994.
Así lo sostuvo el presidente de la ONG Lógica, Matías Olivero Vila, en una entrevista con BAE Negocios en la que enfatizó que, a más de un año de sancionada la ley 27.743, “ya se acabaron las excusas” para dilatar la adhesión, que hasta el momento solo cumplieron 3 de las 24 jurisdicciones subnacionales.
Mientras cuenta los días desde la sanción de la ley, Olivero Vila también cuestionó la jurisprudencia sentada en un fallo de la Corte Suprema de Justicia que, a su juicio, desvirtúa el concepto de tasa que aplican los municipios, al no tener presente el concepto de contraprestación.
Solo tres provincias adheridas
— ¿A qué atribuye la demora de la mayoría de las provincias en adherir a la ley de Transparencia Fiscal?
— La ley que sancionó este régimen invitaba a las provincias a adherirse. Nosotros subrayamos que esa invitación es un exhorto, porque hay obligación de adherirse. Esto es distinto al RIGI, con el que las provincias pueden decir: “no quiero sacrificar esta recaudación provincial y municipal, rechazo la invitación”. Esto es distinto, porque hay una Constitución que obliga a dar al consumidor información “adecuada y veraz”. Si es adecuado y veraz darle información nutricional del 1% de azúcar o el 1% de grasas saturadas, mucho más obligatorio es dar la información del 5% de Ingresos Brutos y 3% de tasas municipales.
Hasta ahora, a 538 días de sancionado el régimen, tenemos solamente tres provincias que han adherido: Chubut, Mendoza y Entre Ríos, que se sumó hace una semana. Y el gobernador Rogelio Frigerio remarcó que “los entrerrianos tienen derecho a saber que impuestos están pagando y cómo se conforman los precios”, tal como establece la Constitución Nacional en su artículo 42. ¿Cómo puede ser que esa Constitución obliga a los gobernadores de Entre Ríos, Mendoza y Chubut, pero les da el derecho de hacerse los distraídos a los demás gobernadores? Es inaceptable. Aclaro que la Ciudad de Buenos Aires, Salta y Córdoba están en proceso de adhesión.
“Se acabaron las excusas”
— ¿Pero cuáles son las razones: falta de interés, discrepancias, desconfianza?
— Hasta el primer año, era tolerable entender que estaban analizando el tema. Pasado el año ya se acabaron las excusas. Entendemos que detrás de esto hay una voluntad de no mostrar los impuestos al consumidor final, porque cuando tome conciencia que está pagando más del 40%, 45% de impuestos cada vez que consume, eso naturalmente los va a llevar a que no puedan subir los impuestos y no solo eso, sino que los tengan que empezar a bajar.
Es lo que sucedió en Brasil, en el que nos inspiramos para este impulsar este régimen en la Argentina. Allí, cuando la gente se enteró los impuestos que pagaba, hubo un triple efecto. Primero, ahora que sabemos los impuestos altos que pagamos, bájenlos a un nivel lógico. Y ya hay una reforma tributaria en Brasil que baja siete puntos porcentuales los impuestos al consumo a partir del año que viene. Segundo efecto, si pago este nivel de impuestos, dame servicios como la gente; si te pago una tasa no me devuelvas rutas con pozos. Tercero, me involucro en el gasto público porque es ahí a donde van a parar nuestros impuestos.
Esa es la razón por la cual nosotros vemos el rechazo, los gobernadores saben que el día que muestren los impuestos no los van a poder subir más, los van a tener que empezar a bajar.
Las tasas municipales
— Esta ley invita a adherirse a las provincias, pero ¿qué pasa con los municipios?
— El artículo 99 invita a las provincias para que transparenten Ingresos Brutos y tasas municipales, suficiente para hacer las dos cosas. Sin embargo, hay algunas provincias que en la ley de adhesión están proyectando “invitar” a los municipios. Para nosotros es un engorro: por ejemplo, para un supermercado, tiene que estar atento a lo que decida cada una de las más de 2.000 municipalidades. Eso es inviable. Y del lado del consumidor es confuso, porque algunos pueden creer que en otro municipio no le cobran las tasas, cuando en realidad las cobran, pero no las muestran. Por esa doble razón creemos que no hay que “invitar” a los municipios.
— En los últimos días se conoció una suba de tasas en Pilar, ¿es un caso aislado o es algo generalizado?
— Es generalizado a partir de un fallo de Corte Suprema que validó esto de aplicar tasas sobre ingresos totales, lo cual está mal. ¿Cuál es el concepto de tasa y en qué se diferencia de un impuesto? Impuesto es pago sin contraprestación. Tasa es un pago con contraprestación en base a los costos de los servicios recibidos. Eso es lo típico de una tasa, lo primero que se aprende en la Facultad. Cuando la Corte tuvo oportunidad de definir esta cuestión, en lugar de aceptar ese principio básico, de calcularlo sobre la base de los de los costos de los servicios recibidos, aceptó el criterio de los intendentes de aplicarlo sobre los ingresos totales. De esa forma se “impuestiza” el concepto de tasa y con ese criterio a partir de 2021 la cuestión de las tasas municipales se desmadró.
En el caso de Pilar se están aplicando en supermercados 4% y 5% de tasas de Seguridad e Higiene, que ya venían de antes, más 2% de tasa ambiental. Un 6,5% que lo convierte en el municipio más gravoso. del país más gravoso del mundo.
Instancias de reclamo
— ¿Qué posibilidades de reclamo tienen los contribuyentes ante situaciones como estas?
— Lo primero que puede hacer el vendedor es transparentar. Ya lo hicieron en Lanús, cuando aplicaron el 6%, los supermercados pusieron un cartel en el que señalaban: “Señor cliente, en esta sucursal usted va a pagar precios superiores al resto del país porque acá no podemos absorber semejante tasa”. Los mandaron al frente.
También hay que transparentar esta situación en los tickets. No está prohibido exponer esta información para generar conciencia. Después viene el tema de litigar, un camino más sinuoso, más largo, pero se puede litigar porque no hay relación entre lo que se paga y el servicio recibido. Pero eso estamos apuntando a un cambio de la jurisprudencia de la Corte.





