
El Ministerio de Economía dio este martes un paso clave para implementar el nuevo esquema de subsidios energéticos a los hogares. A partir de ahora, todas las personas que reciban ayuda económica para pagar la luz y el gas deberán inscribirse en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF). El trámite será obligatorio para quienes quieran conservar el beneficio y se realizará mediante un formulario digital presentado como declaración jurada. En ese marco, el Gobierno también detalló las razones por las cuales una solicitud podría ser rechazada.
A través de la publicación en el Boletín Oficial de la disposición 2/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, se estableció que, a los fines de resolver la admisión, el rechazo o la exclusión de los hogares solicitantes del SEF, las siguientes condiciones serán indicadores de capacidad económica:
- Hogares cuyos integrantes posean al menos un automóvil con una antigüedad igual o menor a tres años. Este criterio no se aplica en el caso de contar con un integrante del hogar titular de un Certificado Único de Discapacidad (CUD) emitido por autoridad competente.
- Hogares cuyos integrantes posean, en conjunto, tres o más inmuebles.
- Hogares en los que al menos un integrante posea una embarcación de lujo.
- Hogares en los que al menos un integrante posea una aeronave.
- Hogares en los que al menos un integrante posea Activos Societarios.
La medida se enmarca en la entrada en vigencia del Decreto 943/25, que cerró el período de transición anterior y dispuso la creación de un nuevo régimen de subsidios. Según el texto oficial, la Secretaría de Energía será la autoridad responsable de ejecutar y controlar la administración de estos beneficios. El objetivo declarado es identificar con mayor precisión quiénes necesitan efectivamente la ayuda estatal para afrontar los gastos de energía y evitar errores o duplicaciones en la asignación.
Además, el Ejecutivo oficializó el modelo de formulario que deberán completar los solicitantes. Señalaron asimismo que buena parte de los datos se obtendrán de registros previos, como el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE); por ese motivo, quienes ya estén inscriptos allí no deberán anotarse nuevamente.
No obstante, el Gobierno exigirá que, ante cambios en la composición del grupo familiar, en la situación económica o en el tipo de suministro, las personas actualicen sus datos por internet o, para quienes no puedan hacerlo online, de manera presencial en la ANSES.
El control sobre la información declarada será estricto. La disposición establece que los organismos estatales podrán realizar “cruces” para comprobar la veracidad de los ingresos informados y otros aspectos relevantes. Según la directiva, “la ANSES pondrá a disposición la información que permita verificar los ingresos registrados del conjunto de los integrantes del hogar”. El acceso será posible gracias a mecanismos oficiales de intercambio de datos establecidos entre distintas agencias, como la ANSES, el SINTyS y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
El texto enfatiza, además, que ese cruce de información se hará “con la finalidad de evaluar la elegibilidad de los hogares solicitantes o beneficiarios del régimen”. Es decir, el Gobierno cruzará datos sobre salarios, propiedades y familiares convivientes para evitar que reciban el beneficio quienes no cumplan los requisitos. El reglamento precisa que toda esta operatoria deberá respetar los límites impuestos por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, un aspecto sensible que ya generó debates sobre la privacidad. La norma aclara: “Los datos personales recabados tendrán por finalidad exclusiva la incorporación, actualización, verificación y evaluación de la elegibilidad de los beneficiarios”.
Cada usuario deberá completar una declaración jurada con los datos de todos los convivientes e información patrimonial. En caso de modificaciones, podrá revisar o subsanar la información a través de la plataforma “Mi Argentina” o, cuando corresponda, mediante el sistema de Trámites a Distancia (TAD).
El nuevo esquema además establece la obligación de distintos organismos públicos y empresas de servicios de remitir sus datos para el control de los subsidios. El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), la ANSES, la ARCA, el SINTyS y hasta los prestadores privados estarán obligados a colaborar con la Secretaría de Energía. Esta integración concluirá cuando comience a operar el nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, según aclara el decreto.
Las consultas sobre el estado del subsidio podrán hacerse en cualquier momento. Los beneficiarios tendrán derecho a saber si conservan el subsidio, si existen cuestionamientos sobre su situación patrimonial o si están sujetos a revisión. Los canales habilitados para reclamos y revisiones seguirán siendo digitales, como la página de la Secretaría de Energía y los formularios disponibles en la web oficial.
.container-video {
position: relative;
width: 100%;
overflow: hidden;
padding-top: 2%;
}
.responsive-iframe-video {
position: absolute;
top: 0;
left: 0;
bottom: 0;
right: 0;
width: 100%;
height: 100%;
border: none;
}
Temas Relacionados
Subsidios energéticos, Ministerio de Economía, ANSES, Secretaría de Energía, Argentina, Mi Argentina, Registro de Subsidios Energéticos Focalizados, Declaración jurada, SINTyS, Últimas Noticias




