A
l respecto, el intendente Juan Carlos Cresto indicó que “si el fallo habría sido a favor del Municipio también nos hubiésemos sentado a acordar una forma de pago y de compensación que no afecte ni resienta las finanzas de la Cooperativa ni del Municipio. Las dos instituciones representamos a la comunidad y creo que más transparente que esto es imposible, así que todo lo que se pueda decir o hablar de acuerdos espurios con esto queda demostrado que acá se hacen las cosas en forma transparente y con el consentimiento de las dos partes”.DEUDAS. Destacó que cuenta con el aval del consejo de la Cooperativa y del Concejo Deliberante, que son los representantes de la comunidad, para luego hacer referencia a los honorarios de los letrados de ambas partes. “Hablé con los abogados de la comuna de la gestión anterior y ellos han firmado un acuerdo en el que consta que no cobrarán los honorarios a la Cooperativa ni a la Municipalidad”, aclaró.
Por su parte, César Gottfried anunció que mañana el consejo de administración brindará una conferencia de prensa para indicar la situación actual con el Municipio, además de demostrar, con la documentación existente, las razones que llevaron a la Cooperativa a rubricar estos acuerdos.
“Este acuerdo favorece a las dos instituciones porque permite que una cumpla con su compromiso de la manera más apropiada, dentro de sus posibilidades, y a la otra porque no pierde; esto significa que la Cooperativa sigue siendo acreedora por el monto que le corresponde,” manifestó el contador.
ACUERDO
Según quedó rubricado en el convenio, el Municipio se compromete a saldar la deuda de cinco millones de pesos que mantiene con la Cooperativa Eléctrica, pero a su vez también se detalla la deuda que la entidad tiene con la comuna.
De esta manera, el Municipio acata la resolución judicial del STJ. El documento dividido en cláusulas especifica cifras y reconocimientos de ambas partes. En ese sentido, la segunda cláusula establece la deuda que tiene la Municipalidad con la Cooperativa Eléctrica, como consecuencia del primer juicio, deuda por falta de pago de energía eléctrica por una suma superior a los 5 millones de pesos.
El tercer punto acordado establece que la suma que la Cooperativa le adeuda al Municipio, como consecuencia de los saldos a favor que tuvo esta gestión es de 2.733.835 de pesos.
La cláusula cuarta dispone el reconocimiento por parte de la Municipalidad del tercer juicio por la suma de 790.080 pesos. Asimismo, se indica la deuda que tiene Obras Sanitarias con la Cooperativa por la suma 721.208 pesos y en virtud de los graves problemas económicos que presenta el Ente, la Municipalidad de Concordia asume esa deuda.
Además, el convenio detalla que el saldo a favor que le queda a la Municipalidad por 2.012.626 de pesos; se descontaría de los juicios que tiene a favor la Cooperativa Eléctrica.