Lunes 10 de julio de 2006
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Economía
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Córdoba: Regulan por ley el engorde a corral
La Legislatura de la Provincia de Córdoba sancionó una ley que regula la radicación de los feed lots ganaderos, que deberán someterse a una serie de exigencias que, en principio, no han sido bien recibidas por representantes del sector ruralista.

E

s el primer instrumento legislativo en el país que trata con especificidad esta actividad. En los últimos tiempos surgieron protestas de los vecinos de algunas localidades en cuyas cercanías están emplazados corrales de engorde intensivo de ganado, por los olores, invasión de moscas y problemas sanitarios que provocaron.

La norma define que son "zonas críticas y/o sensibles" para la instalación de "sistemas intensivos y concentrados de producción animal" las localizadas a una distancia inferior a los 3 kilómetros de poblaciones, vertientes de agua, ríos, arroyos, lagunas y lagos, y los terrenos donde la profundidad de las aguas subterráneas sea inferior a los 10 metros.

Se faculta al que será órgano de aplicación -la Secretaría de Agricultura y Ganadería y la Agencia Córdoba Ambiente- a autorizar la habilitación de nuevos feed lots "u ordenar la erradicación o el traslado de los existentes".

Las iniciativas originales, luego morigeradas, promovían la prohibición de corrales de recría, engorde y cría intensiva de ganado, aves de corral y conejos a menos de 5 kilómetros del ejido urbano o a menos de un kilómetro de todo curso o cuenca de agua. La limitación quedó finalmente en los 3 kilómetros.

Normas restrictivas

Algunos responsables de feed lots cordobeses a los que se consultó qué opinión les merecía la ley, dijeron no conocerla todavía. Fuentes del ruralismo confederado, que pidieron reserva por estar vinculadas a explotaciones ganaderas, señalaron que si bien es pertinente cuidar el impacto ambiental, no son adecuadas condiciones tan restrictivas como las sancionadas. "Es una barbaridad lo que se ha aprobado", sostuvieron.

Argumentaron que si los feed lots están completamente ajustados a normas ambientales, cabría aplicar el mismo criterio que con los establecimientos industriales. "Hay fábricas o molinos dentro de áreas urbanas que lo han hecho y a nadie se le ocurre pedir que los erradiquen", apuntó. Para las transgresiones se contemplan multas, clausura y decomiso de la producción. Las multas oscilan entre un mínimo de 5 y un máximo de 200 salarios básicos del peón rural.

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