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ada legislador tendrá un cupo de entre 3.000 y 4.000 pesos que deberán ser repartidos en beneficios que no superen los 300 pesos, por lo que cada uno de ellos podrá otorgar alrededor de 10 pensiones graciables.Según se indica hoy en el diario Clarín, ello significará una erogación para el Estado de 36.000 pesos anuales por cada legislador, por lo que la Ley de Presupuesto 2005, aprobada en diciembre, el artículo 43 prevé un monto de 12,5 millones de pesos, destinado a las pensiones graciables.
Su distribución es potestad discrecional de los legisladores, por lo que las pueden entregar a quienes consideren que las necesitan.
Rigen por diez años, y se prorrogan indefinidamente en cada ley de Presupuesto.
Para justificar su legalidad en el Congreso argumentan que se trata de una norma constitucional. El artículo 75 de la Carta Magna, inciso 20, es el que le otorga dicha facultad al Parlamento.
Sin embargo en los últimos tres años no habían sido otorgadas porque tras la crisis política de 2001, los legisladores habían decidido suspender el beneficio.
"Hace años que vengo gestionando una pensión no contributiva para un hombre muy enfermo, de un pequeño pueblo del Chaco, y no la consigo", argumentó el senador Jorge Capitanich (PJ-Chaco), al defender la reimplantación del beneficio.
Requisitos para poder acceder a una pensión graciable:
- No ser titular de un bien inmueble de valor fiscal superior a 60 mil pesos.
- No tener vínculo hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el legislador otorgante.
- Las pensiones no podrán superar en forma individual los 300 pesos y serán compatibles con cualquier otro ingreso siempre que la suma total no supere las 2 jubilaciones mínimas.