Jueves 14 de junio de 2018
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Política
El texto de la ley aprobada

La histórica sesión de la Cámara de Diputados dio media sanción a la legalización del aborto en la Argentina, con 129 votos a favor, 125 en contra y una abstención. Aquí un repaso de los principales puntos de la ley y el proyecto completo.

Aborto
Aquí un repaso de los principales puntos de la ley y el proyecto completo.

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ras sesionar por casi 23 horas, la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto que legaliza la interrupción voluntaria del embarazo. El dictamen aprobado la semana pasada en el plenario de comisiones, que tomó de base el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo presentado por la Campaña Nacional por el Aborto Legal Seguro y Gratuito, garantiza el derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo con el solo requerimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional.

Fuera de ese plazo, se garantiza el derecho de la mujer o persona gestante a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en los siguientes casos:

- Si el embarazo fuera producto de una violación, con el solo requerimiento y la declaración jurada de la mujer o persona gestante ante el profesional de salud interviniente.

- Si estuviera en riesgo la vida o la salud la mujer o persona gestante, considerada como derecho humano.

- Si se diagnosticara la inviabilidad de vida extrauterina del feto.

Entre los cambios más destacados respecto del proyecto original, se incluye la creación de un registro de objetores de conciencia en el que podrán inscribirse los médicos, pero no los centros de salud, que siempre deberán garantizar la práctica y sólo podrán derivar ante excepciones.

En el caso de las menores de 16 años, el artículo 5 de la iniciativa dispone que "la interrupción voluntaria del embarazo se debe realizar con su consentimiento informado en los términos del artículo anterior". En esa línea, el artículo 4 establece que "ninguna mujer o persona gestante puede ser sustituida en el ejercicio de este derecho".

La mujer tendrá derecho a acceder a la práctica en un "plazo máximo de cinco días", según dispone el artículo 7. Y continúa: "Un vez solicitada la interrupción del embarazo, el centro médico tiene que garantizarle a través de consejerías información adecuada; atención previa y posterior a la interrupción voluntaria del embarazo de carácter médica, social y psicológica, con el objeto de garantizar un espacio de escucha y contención integral".

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