Jueves 14 de noviembre de 2024
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Política
Enersa aclara que está obligada a cobrar impuestos en su factura

El Marco Regulatorio Provincial determina que los concesionarios de servicios deben cobrar Contribución Única y Tasa Municipal. La normativa de Nación que prohíbe sumas ajenas se contradice con lo establecido.

enersa
Enersa sostiene que lo que cobra es una obligación provincial.

L

a Secretaría de Industria y Comercio, perteneciente al del Ministerio de Economía de la Nación anunció recientemente que imputó a 95 empresas en diferentes provincias por incluir en sus facturas tasas o cargos ajenos al contrato entre el proveedor y el consumidor.

En total fueron 244 expedientes que se abrieron vinculados a estas imputaciones, y cada uno corresponde a una localidad donde las empresas incumplieron esta normativa, siete de las cuales se encuentran enn Entre Ríos y brindan el servicio en una veintena de municipios.

Las actuaciones pertenecen a facturaciones con vencimiento posterior al 11 de octubre, fecha en la que entró en vigencia la resolución 267/2024, que estableció la prohibición de incorporar conceptos indebidos en las boletas.


Entre las empresas que fueron imputadas en la provincia se encuentra Enersa, que priovee del servicio a las ciudades de Villaguay, Urdinarrain, San José, Paraná, Chajarí, Acera, Concepción del Uruguay, Bovril, San Justo, Aldea Brasilera y Gualeguay.

Mediante un comunicado, la compañía eléctrica dio detalles de su facturación, y apunto que el Marco Regulatorio Provincial establece que debe incluir en las boletas Contribución Única y Tasa Municipal.

"El Marco Regulatorio Provincial,  que establece que todos los concesionarios del servicio, tanto Enersa como las 18  Cooperativas Eléctricas, están obligados a cobrar en la factura los conceptos por  Contribución Única”y Tasa Municipal", informa la empresa mdiante el texto al que tuvo acceso INFORME DIGITAL.

Y agrega: "La Resolución 267/2024 del Gobierno Nacional se contradice con lo establecido en el Marco Regulatorio Provincial".


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