Martes 25 de abril de 2023
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Interés general
Advierten fallas en la notificación de resoluciones

El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos indicó “un retroceso en el servicio de justicia” y expresó preocupación. Consideran que debería contemplarse la notificación electrónica de todo acto emanado del Organismo judicial.

CAER

A

través de un comunicado difundido en su página oficial, el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER) observó fallas en la notificación de las resouciones dictadas por el Organismo judicial. "La notificación selectiva resulta contraria a la propia base original del sistema", advierten y afirman que se trata de “un retroceso en el servicio de justicia”.

El Comunicado del CAER

"El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos comunica su profunda preocupación respecto de un tema que afecta la seguridad jurídica, uno de los cimientos sobre los cuales se edifica el ejercicio profesional y la debida defensa de los derechos de los ciudadanos.

Debemos reconocer que, en plena pandemia cuando en otras provincias los colegas estaban impedidos de ejercer la profesión por falta de respuesta tecnológica ante el aislamiento, nuestro Sistema de Gestión de Expedientes, originalmente Lex Doctor y hoy Sirirí, nos dio las herramientas necesarias para superar esa situación.

Conocemos sus bondades y hemos contribuido a forjarlas porque somos colaboradores y parte esencial del servicio de justicia. También conocemos la dedicación con la que se ha trabajado, lo que ha dejado su impronta en el expediente electrónico.

"Ahora sólo se notifican algunas resoluciones, sin seguir un criterio uniforme"

Pero, la forma carente de claridad en que se ha visto implementado el Acuerdo General S.T.J. N° 33/22 del 04/10/22, Punto 6° c) en lo referido a “notificaciones selectivas” en vez de ser la mejora proclamada significa un lamentable retroceso y perjuicio al ejercicio profesional, ya que ahora sólo se notifican algunas resoluciones, sin seguir un criterio uniforme.

La notificación selectiva resulta contraria a la propia base original del sistema, el Acuerdo General S.T.J. N° 15/18 que, en su artículo 1°, al establecer los tipos de Resoluciones que serán notificadas por el Sistema de Notificaciones Electrónica, dispone que será todo tipo de resoluciones, autos y sentencias que se dicten en el transcurso del proceso, no haciendo diferencia alguna y mencionando cuáles son las excepciones a dicha forma de notificación en forma expresa.

Desde el Colegio de la Abogacía hemos peticionado en diversas oportunidades al Superior Tribunal, con la última respuesta que no habrá marcha atrás. Hemos decidido hacer pública nuestra preocupación pues la inseguridad que padecemos tiene un destinatario final que son nuestros clientes, ante quienes somos responsables.

"La situación es grotesca, la tecnología en vez de ser usada a favor para seguir facilitando nuestras tareas, ahora mediante la notificación selectiva deja nuestra responsabilidad expuesta"

La situación planteada es grotesca, la tecnología en vez de ser usada a favor para seguir facilitando nuestras tareas, ahora mediante la notificación selectiva no sólo implica un salto atrás sino que además deja nuestra responsabilidad expuesta.

La solución es simple: debería contemplarse respecto de los abogados y las abogadas la notificación electrónica de todo acto emanado del Organismo judicial conciliando así el ejercicio del derecho de defensa, el debido proceso y nuestra responsabilidad profesional.

Somos conscientes del rol que cumplimos y queremos ejercerlo con innovación tecnológica, pero con seguridad jurídica. Sólo pedimos que se continúe teniendo en cuenta nuestro trabajo como ocurría antes de la notificación selectiva.

Sin abogados que representen a los ciudadanos y ciudadanas no hay justicia. Estamos convencidos que respetando el ejercicio de la abogacía, aportamos a la construcción de justicia".

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