La Mutual envió una carta documento a INFORME DIGITAL donde niega que debe devolver el dinero que habría debitado sin consentimiento. Por lo tanto, seguirá en la Justicia para no pagar los reclamos de sus asociados.
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a Mutual Jerárquicos Salud envió una carta documento a Libertad Productora SRL, por la nota publicada por INFORME DIGITAL el 22 de septiembre pasado, donde este medio cita un Edicto del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 de Paraná, a cargo del Dr. Américo Daniel Luna, donde comunica que la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales debía "dejar de debitar plata automáticamente sin el consentimiento de los clientes".
La Carta Documento, enviada por la apoderada legal de la firma Mariel Viviana Aranda, intima a INFORME DIGITAL a rectificarse de la nota publicada debido a que considera que la misma "contiene información absolutamente falsa e inexacta", y agrega que "no existe ninguna resolución judicial firme que ordene la devolución referida, ni tampoco el juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº5 de la ciudad de Paraná ha comunicado a Jerárquicos Salud 'que debe dejar de debitar plata automáticamente sin el consentimiento de los clientes'".
También señala que "tampoco se ha resuelto que debe dejar de debitar sumas de dinero por los conceptos de 'Fondo especial de país', ni que 'en todos los casos, solo podrán debitar en caso que posean un consentimiento expresado por escrito de su puño y letra de cada cliente, tanto para débitos mensuales automáticos como de cualquier otra forma temporal establecida', ni menos se ha impuesto 'a la mutual de una multa prevista en la ley de Defensa del Consumidor para beneficio de cada uno de los usuarios afectados".
El pedido de rectificación de la Mutual.
En este sentido, la apoderada legal de la firma insta a la rectificación de la nota ya que el Edicto publicado por INFORME DIGITAL "ha sido contestado en tiempo y forma por la Asociación Mutual" y, a la fecha, "la controversia no ha sido resuelta por el Sr. Juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº5 de Paraná, por cuanto el proceso colectivo, no se encuentra aún en etapa procesal de dictado de sentencia definitiva".