La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná resolvió rechazar el recurso que presentó el fiscal federal contra la sentencia que suspendía el juicio a prueba a un joven acusado de realizar manifestaciones antisemitas.
L
a Cámara Federal de Paraná resolvió rechazar el recurso de
apelación que presentó el fiscal federal contra la sentencia de primera
instancia que concedió la Suspensión del juicio a prueba o Probation a un joven
acusado de realizar manifestaciones antisemitas en distintas redes sociales.
Confirmó la sentencia y le impuso el cumplimiento de normas de conducta y el
pago de una suma de dinero a la DAIA.
El 25 de febrero la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná,
integrada por Mateo José Busaniche, Cintia Graciela Gómez y Beatriz Estela
Aranguren, resolvió “rechazar el recurso de apelación interpuesto por el
representante del Ministerio Público Fiscal y en consecuencia confirmar la
resolución, en cuanto ordena ‘Suspender el juicio a prueba por el término de
dos (2) años, respecto de FTP…”.
La causa, que comenzó a sustanciarse hace tres años y cinco
meses, por expresiones antisemitas en redes sociales llegó a la Cámara
proveniente del Juzgado Federal Nº1 de Paraná, en virtud de la sentencia de
primera instancia que resolvió suspender el juicio a prueba por el término de
dos años.
Al joven, que fue representado por el abogado Boris Cohen,
se le imputó que “con anterioridad al 23 de octubre de 2017 efectuó
publicaciones a través de internet con contenido antisemita, tratándose de
simbología nacionalsocialista (cruces esvásticas y expresiones
características), como asimismo expresiones agraviantes, las que fueron
publicadas por el nombrado en sitios tales como Youtube, Vid.me, Dailymotion y
Facebook”.
La situación se constató aquel día cuando alrededor de las
17.55, en un allanamiento que realizó personal de la Policía de Entre Ríos en
cumplimiento de la orden dispuesta por el entonces juez de Garantías N°3 de
Paraná, Humberto Franchi, en la casa del imputado.
Para la acusación, “la conducta realizada en ámbitos de
acceso público significó un modo de propaganda de ideas o teorías de
superioridad de la raza aria o de un grupo de personas de origen étnico blanco,
con el objetivo de justificar y promover la discriminación racial”.
En la sentencia, la Cámara destacó que “al presentar la
solicitud, el imputado deberá ofrecer hacerse cargo de la reparación del daño
en la medida de lo posible, sin que ello implique confesión ni reconocimiento
de la responsabilidad civil correspondiente.
El juez decidirá sobre la razonabilidad del ofrecimiento en
resolución fundada. La parte damnificada podrá aceptar o no la reparación
ofrecida, y en este último caso, si la realización del juicio se suspendiere,
tendrá habilitada la acción civil correspondiente”.
En la resolución se destacó que el imputado “carece de antecedentes penales; que el hecho endilgado no refiere a una organización sino a un hecho individual; que la suma económica ofrecida en concepto de reparación del daño luce razonable y a ello adiciona someterlo a diferentes reglas de conducta”.
El 21 de septiembre de 2020, en sentencia de primera instancia, se le concedió al imputado la Suspensión del juicio a prueba por el término de dos años, y se le ordenó cumplir con reglas de conducta, entre las que se destacan que deberá “acreditar dentro de los seis meses de notificada la presente, la realización de un curso de concientización sobre ‘discriminación y el holocausto nazi’ en la filial Paraná de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentina (DAIA) y sobre ‘sensibilización de prácticas discriminatorias’ en la Delegación Paraná del Instituto Nacional Contra la Xenofobia y el Racismo (INADI).
Asimismo declaró “procedente la suma de 10.000 pesos en concepto de reparación económica, para luego ser entregada a la filial Paraná de la DAIA”.