La Suprema Corte de la Nación rechazó por inadmisible el planteo de la obra social en la causa que Gonzalo Raineri le inició por negarse a cubrir el tratamiento oncólogico de su hijo Enzo, que murió en septiembre pasado.
L
a Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó por inadmisible un planteo hecho por el Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) en una causa iniciada por Gonzalo Raineri, el papá de Enzo, el nene a quien en febrero de 2018 le detectaron un tipo de cáncer de riñón y que había ingresado en tratamiento oncólogico en el Hospital Ricardo Gutiérrez, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
En Buenos Aires, su médica, la oncóloga Mercedes García Lombardi, le recetó una medicación que debió ser importada al país, a un valor de $10 millones, y aunque hubo una disputa judicial con el Iosper, ésta se saldó a mediados de febrero de 2019. Iosper aportó a medicación requerida, pero el pleito continuó en Tribunales.
La historia
de Enzo empezó bastante antes de que la Justicia fallara a su favor.
La historia de Enzo, el Iosper y la Justicia
Enzo comenzó a sentirse mal. Sus papás lo hicieron ver por los médicos, hasta que en una tomografía le detectaron una malformación sobre el riñón izquierdo y lo derivaron a Buenos Aires, al Hospital Ricardo Gutiérrez.
Ya en la Capital Federal, y a través de
diferentes estudios, determinaron que Enzo sufría un cáncer infantil conocido
como neuroblastoma IV, de alto riesgo, con metástasis en médula ósea y huesos
del cráneo. De inmediato, comenzó el tratamiento, con quimioterapia.
La batalla judicial se extendió en el tiempo, y en medio la vida de Enzo se apagó.
Un fallo
dictado en primera instancia por el juez de feria Alejandro Cánepa el 7 de
enero de 2019 hizo lugar al amparo presentado por el papá de Enzo y condenó al
Estado a hacerse cargo del pago del 100% del valor de la medicación: 80% a
cargo del Poder Ejecutivo; 20%, por parte de Iosper. La resolución fue apelada.
Pero un tribunal de alzada confirmó aquel fallo.
No es el primer caso de una pérdida de vida mientras se debate en la Justicia una prestación. Antes, fue Tiziano Cáceres.
La resolución la adoptó la Sala Penal en composición de feria, compuesta por los jueces Bernardo Salduna, Hugo Perotti y Eduardo Romeo Carbó. La sentencia se dictó en forma dividida: Salduna propició hacer lugar a la apelación y revocar parcialmente la sentencia de Cánepa, posición que no compartieron Perotti y Carbó.
“La negativa del Iosper a dar integral cobertura -respecto de la prestación requerida- al afiliado Raineri, teniendo el deber legal de hacerlo, constituye una manifiesta ilegalidad que conculca grave y seriamente un derecho que la Constitución Nacional le reconoce explícitamente, no encontrando el suscripto otro camino o vía idóneo -fuera de la acción de amparo- para reparar la vulneración del derecho afectado, representado entonces la única manera eficaz de garantizar la realización del tratamiento médico al que el menor Enzo Raineri tiene derecho”, escribió Perotti en su voto.
“Enzito falleció el 16 de septiembre del año pasado pero es una alegría que el fallo haya salido a favor de Enzo, porque frente a otros casos parecidos, la obra social va a tener que actuar como dice la Justicia, y no rechazar los pedidos de medicación”, expresó Gonzalo Ranieri, su papá, a Entre Ríos Ahora.
El caso fue llevado por el exasesor legal de Iosper y actual secretario Legal de la Municipalidad de Paraná, Pablo Testa, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que cerró la disputa con un fallo favorable al papá del niño que finalmente murió en 2020, dos años después de que sus padres hayan iniciado el reclamo.
Fuente: Entre Ríos Ahora.