Se trata de una causa iniciada por Laura Alonso durante el gobierno de Macri por un contrato entre Enohsa y CPC para optimizar un acueducto. Jueces del macrismo firmaron resolución agraviante sin pruebas.
C
on las firmas de Leopoldo Bruglia,
Pablo Bertuzzi, Mariano Llorens y Aníbal Pozzi (prosecretario de Cámara) queda
revocada “la prisión preventiva ‘ficta’”, en una resolución agraviante sin
pruebas contra López y De Sousa que deja expuesto el lawfare del macrismo en contra del Grupo Indalo,
según indica Ámbito Financiero.
Rogelio Frigerio, por entonces a cargo de Obras Públicas, está involucrado en la maniobra que a través de la falsa denuncia llevó a la rescisión de contrato a la empresa CPC por parte del gobierno de Mauricio Macri.
La obra en cuestión es la
optimización de un acueducto que atraviesa las provincias de Chubut y Santa
Cruz, adjudicada en 2013. Pero ni bien llegó el macrismo actuó para perseguir y
hostigar a los accionistas que no accedieron a las extorsiones. Por tal motivo,
la AFIP, la AFI, jueces y medios cayeron sobre López y De Sousa.
Con relación a la causa del acueducto, la pericia oficial incorporada en el expediente 15384/2017 rechazó la denuncia por sobreprecios y dio por tierra la acusación de la extitular de la Oficina Anticorrupción Laura Alonso.
Los jueces Bruglia y Bertuzzi firmaron la resolución agraviante al Grupo Indalo, sin pruebas (Foto: Ámbito Financiero).
Con esta falsa denuncia
inmediatamente llegó la rescisión de contrato a la empresa CPC por parte del
gobierno de Mauricio Macri. Obras Públicas, en ese momento estaba a cargo de
Rogelio Frigerio. Todo armado. Una denuncia falsa, un juez “receptivo” y la
rescisión del contrato.
En una resolución de 38 carillas
surge a las claras que la persecución política del macrismo hacia los
accionistas del Grupo Indalo sigue profundizándose. En esta oportunidad, si
bien los mismos magistrados mencionan que no hallaron la prueba fogoneada por
Laura Alonso (ex Oficina Anticorrupción) en supuesta administración fraudulenta
por una obra en Chubut, decidieron confirmar procesamientos.
“En suma, en función del panorama descripto es que concluimos que no se ha determinado en el caso la concurrencia de un perjuicio real y concreto, por lo que el reproche basado en el delito de administración infiel no puede ser mantenido en esta instancia revisora”, señala el texto de los magistrados Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.
Javier Iguacel y Mauricio Macri, artífices de la persecución al Grupo Indalo.
Los mismos que empujaron la
operación contra Grupo Indalo se encargaron de tapar el resultado de la pericia
que pidió Claudio Bonadio. El fallecido juez solicitó en aquel entonces a los
peritos “constatar si los precios presupuestados y abonados posteriormente a la
empresa CPC en concepto de materiales y realización de obra se encontraban
dentro de los precios establecidos al momento por el mercado”.
En el fallo de la fecha, los
jueces recordaron “que las actuaciones se iniciaron el 10 de octubre de 2017
mediante la denuncia efectuada por la Oficina Anticorrupción, luego de haber
recibido un informe realizado por la auditoría interna del ENOHSA –Ente
Nacional de Obras Hídricas y de Saneamiento-. Dicho informe (nro. 2/13) analizó
el expediente N° 505/2012 del organismo, mediante el cual se licitó”.
El tribunal, en el resuelve confirma parcialmente el procesamiento de Lucio Tamburo, modificando la calificación por la de negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas. Y también confirmar procesamiento parcial de Sergio Benet, Ricardo Williams, Gabriela Tamame, Gustavo Dalla Tea y Luis Cenoz.
Frigerio, junto al condenado Sergio Varisco, en tiempos donde solía visitar la provincia de Entre Ríos.
Con relación a Cristóbal López y
Fabián De Sousa, el fallo señala: “confirmar parcialmente los procesamientos”
cambiando la calificación por la de “negociaciones incompatibles con el
ejercicio de funciones públicas, en carácter de partícipes necesarios”. La
resolución destaca que se dispuso la “falta de mérito para procesarlos en orden
a los demás extremos de la imputación”.
Con las firmas de Leopoldo
Bruglia, Pablo Bertuzzi, Mariano Llorens y Aníbal Pozzi (prosecretario de
Cámara ) queda revocada “la prisión preventiva ‘ficta’”.
En esta causa, el manejo sospechoso sobre los accionistas del Grupo Indalo se torna más oscuro ya que en ningún momento López y De Sousa fueron convocados a declarar por el delito que se les imputa y que se confirma procesamiento.
Si la defensa cuestionó la
“valoración arbitraria de la prueba, basada en meros indicios, que conllevaron
a una resolución infundada”.
E hicieron saber que quien resultó damnificada fue CPC SA ante la rescisión anticipada y unilateral del contrato de obra pública celebrado. Prueba del modus operandi del lawfare.
Fuente: Ámbito Financiero.