Así como en el Estado, partidos políticos, organizaciones civiles y colegios profesionales, la ley de Paridad Integral también obliga que las empresas tengan directorios compuestos al 50% por mujeres.
I
ngresó en la Cámara de diputados de Entre Ríos en proyecto de ley de Paridad Integral, presentado por las diputadas Stefanía Cora, Mariana Farfán, Silvia del Carmen Moreno, Carina Ramos, Paola Rubattino y María del Carmen Toller, con la coautoría del presidente de la Cámara de Diputados, Ángel Giano, y de todos los diputados del Bloque Frente Justicialista CREER Entre Ríos.
La iniciativa busca garantizar el principio de paridad de géneros en los tres poderes del estado, partidos políticos, organizaciones de la sociedad civil, consejos y colegios profesionales, "en la toma de decisiones y en los mecanismos de representación social y política, con el fin de erradicar la exclusión estructural de las mujeres".
También a privados
Además de establecer la paridad de géneros en los organismos y estamentos públicos, la ley lo ordena también para el sector privado, para las empresas que se constituyan a partir de la sanción de la norma.
Su artículo 25 "Personas Jurídicas Privadas" indica que la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de Entre Ríos "debe
incorporar en su reglamentación interna la inclusión en la constitución de las
asociaciones civiles, fundaciones, sociedades comerciales en general y empresas del
estado, la obligación de que en sus órganos de administración y en los órganos de
fiscalización se dé cumplimiento al principio de paridad de género".
Advierte el artículo que cuando la cantidad de miembros a cubrir fuera de número impar, el órgano deberá integrarse de forma mixta, con un mínimo de un tercio de miembros femeninos.
Entre Ríos no es pionera en la medida. El gobierno nacional ordenó a principios de agosto que el directorio de nuevas sociedades tengan un 50% de mujeres.
Según una disposición publicada en el Boletín Oficial, las sociedades y asociaciones que se inscriban en la Inspección General de Justicia (IGJ) deberán incluir en su directorio igual cantidad de hombres que de mujeres.
La disposición nacional, que recibió críticas al conocerse, alcanza a las asociaciones civiles en proceso de constitución; las
simples asociaciones que soliciten su inscripción en el registro voluntario, las sociedades
anónimas (con algunas excepciones), las fundaciones con un consejo de administración de
integración temporaria y electiva y las Sociedades del Estado.
Política, consejos, colegios profesionales
La ley presentada en Diputados fija que la paridad debe regir en Entre Ríos sobre las fórmulas de precandidatos/as y candidatos/as a gobernador/a y vicegobernador/a, a presidente/a y vicepresidente/a municipal; diputados/as, senadores/as, convencionales constituyentes provinciales; ministros/as y secretarios/as del Estado; funcionarios del Poder Judicial que requieran acuerdos del Senado; constitución y organización de partidos políticos; consejos, colegios y asociaciones profesionales; personas jurídicas privadas (con excepción de las iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas).