Sábado 27 de junio de 2020
  |  
Economía
Víctimas de la dictadura comprarán a precio oficial

El Banco Nación habilitó a víctimas de la dictadura de 1976 que residan en el exterior y perciban indemnizaciones a cambiar las mismas de pesos a dólares sin cepo y sin el recargo del 30%. La medida sólo vale para esas indemnizaciones.

JubiladoBancoCentral
El Banco Central habilitó la medida para víctimas de la dictadura que vivan en el exterior.

U

na circular del Banco Central señala que beneficiarios de indemnizaciones emanadas de las leyes de reparación a víctimas de la dictadura militar 1976-1983 podrán acceder al mercado cambiario al tipo de cambio oficial, sin pagar el impuesto del 30%, para poder girar dichas divisas al exterior.

En el Banco Central afirmaron que  no se trata de una apertura del mercado cambiario generalizada para estas personas. “Son unos casos puntuales, uno o dos”

Y explicaron que “Los argentinos que viven en el exterior y perciban una indemnización, la podrán cobrar en su lugar de residencia. Es el mismo caso de los argentinos jubilados que viven en el exterior y que cobran dicho beneficio en el exterior”.

Los voceros del Central remarcaron: "Es una norma que estuvo vigente hasta 2015, se tornó abstracta desde diciembre de ese año porque se liberó el acceso al mercado cambiario a todo el mundo y sin restricciones para girar dólares al exterior,  y que quedó invalidada cuando se re impuso el cepo en agosto de 2019. Es para casos puntuales de personas víctimas del terrorismo de Estado que cobren indemnización y tenga residencias en el exterior. La residencia es un documento, tiene que estar declarado su residencia en el exterior. Y es para nuevos casos, no es retroactivo", explicaron.

Igual que los jubilados

En este caso, si una persona reside en otro país y percibe en la Argentina una jubilación de, por ejemplo, $ 50.000, puede transformar esa cifra (y solo esa cifra) a dólares al cambio oficial sin el recargo del 30%, y girarla a una cuenta en su país de residencia.

En el Banco Central señalan que, para el caso de esta Circular, se trata de casos puntuales que iniciaron los trámites porque están a punto de cobrar dicho beneficio y tienen residencia fija en el exterior. Están registrados en Cancillería y en el Registro Civil como residentes en otros países.

Lo que dice el archivo

También aclararon que dicho beneficio estuvo vigente hasta agosto de 2019, cuando tras las PASO el gobierno del ex presidente Mauricio Macri introdujo el primer cepo -límite de compras mensuales por US$ 10.000- que se hizo mucho más estrecho desde el triunfo en primera vuela del Frente de Todos. Desde el 28 de octubre, el cepo se redujo a 200 dólares. Más tarde, ya con Alberto Fernández en la Casa Rosada, se introdujo el impuesto del 30%?.

Lo más visto
01
02
03
04
05
+ sobre el tema  
#Dólar
¿Que pensás sobre esto?
600
 caracteres restantes
Publicar comentarios en INFORME DIGITAL implica la aceptación plena de nuestro reglamento.
Comentarios
¡Tu comentario se ha enviado con éxito!
La aprobación del mismo dependerá de su aprobación por parte del moderador. Muchas gracias.
LIBERTAD PRODUCTORA
Santa Fe 322 Piso 8 Dto.A.
Paraná, Entre Ríos.
Tel: +54 343 4233381
[email protected]

Copyright 2002 INFORME DIGITAL | Todos los derechos reservados | Mediakit: Publicite con nosotros.
[email protected]
Aplicabbs | Diseño: Kembo Dupla Creativa