Frente a la suspensión del reparto de avisos por la pandemia, los contribuyentes podrán concurrir a Entre Ríos Servicios y abonar el tributo, en efectivo o débito, con sólo indicar el número de identificación.
E
n el marco de la postergación del cronograma de
vencimientos del impuesto inmobiliario urbano (segundo anticipo) luego de la
recomendación sanitaria que significara la suspensión del reparto de avisos de
vencimiento, la ATER y el Banco Entre Ríos habilitaron la posibilidad de
concurrir a pagar las obligaciones del tributo a los centros de cobros Entre
Ríos Servicios solamente indicando el DNI, CUIT, CUIL o Partida del
contribuyente. El cronograma de vencimientos comenzará el próximo lunes 18
hasta el 22 de mayo.
El administrador fiscal, Germán Grané, subrayó que en el excepcional contexto la medida constituye una herramienta importante atento al gran nivel de pago presencial y en efectivo que tiene este tributo, al tiempo que destacó “el trabajo conjunto con el agente financiero en poner al servicio más alternativas que agilizan y simplifican la gestión al ciudadano”.
"Desde la Administradora y conforme los objetivos planificados con el Gobernador y el Ministro de Economía promovemos día a día avances en los servicios al vecino que faciliten el cumplimiento e impliquen mejoras en la eficiencia" señaló.
Asimismo, recordó que "No obstante la nueva opción, en
este especial tiempo, bregamos porque los vecinos se queden en su casa, y
recordamos que pueden consultar, descargar y abonar de manera electrónica por
todos los canales que funcionan con normalidad".
Por su parte, el Gerente General del Banco Entre Ríos, Miguel Malatesta, señaló que "con la ATER estamos realizando un trabajo en equipo para poder brindarle a la comunidad diferentes soluciones y medios para que puedan abonar los tributos de forma rápida y segura. Comenzamos con el Botón de Pagos Web, que actualmente mejoramos y simplificamos, y hoy estamos presentando una herramienta para que el contribuyente que necesite abonar de manera presencial pueda hacerlo sin necesidad de contar con el aviso impreso".
Y añadió: “Este es un mecanismo muy simple ya que solo se debe indicar el DNI, CUIL o CUIT del titular del tributo, y luego se elige la forma de pago”.
También se podrá pagar online indicando DNI, PARTIDA o CUIT.
Esta modalidad permite que los contribuyentes puedan abonar
el tributo desde la web de ATER mediante el Botón de Pago (con cualquier
tarjeta de débito), indicando los datos del titular (DNI, CUIL, CUIT o
partida).
Otros canales electrónicos que también operan con normalidad son:
Home Banking (De todos los bancos): Ingresando el código de pago electrónico.
Cajeros Automáticos de todas las redes: Ingresando el código de pago electrónico.
Volantes Electrónicos (VCD / VPA) mediante los servicios de ATER con clave fiscal AFIP.