El organismo autárquico dispuso un aporte individual de medio sueldo básico de abril para los funcionarios de ley y jerárquicos. Los que se nieguen deberán manifestarlo. El TdC se suma al Ejecutivo, Legislatura, Justicia e intendentes.
E
l Tribunal de Cuentas de la provincia, mediante Resolución
Nº 50/2020, decidió acompañar la medida tomada por el gobernador Gustavo Bordet en el
decreto 486 y adherir al Acuerdo del Superior Tribunal de Justicia de la provincia en lo que resulte compatible con la
organización, cargos y categorías existentes en el organismo de control.
Se dispuso un aporte individual del 50% del sueldo básico del mes de abril, para los funcionarios de ley y jerárquicos. Esto es: Vocales, Fiscales de Cuentas, Secretarios Letrado y Contable Adjuntos, Asesor Jurídico, Secretarios de Vocalía, de Fiscalía, de Comunicación Institucional, Jefe del Cuerpo de Auditores y de las Áreas de la referida dependencia.
El organismo contralor se suma de esta manera a la medida solidaria -los fondos serán destinados a la emergencia sanitaria por el coronavirus en la provincia- que impulsó Bordet para los funcionarios del Ejecutivo, y que ya encontró eco en la Legislatura, la Justicia y algunos municipios.
Según el comunicado del TdC enviado a INFORME DIGITAL, los funcionarios que no estén de acuerdo con realizar este
aporte individual y solidario "podrán manifestarlo ante la Secretaría Contable
del organismo, hasta el próximo martes 7 de abril". Mismo criterio fijó el STJ para magistrados y funcionarios judiciales.
También, en la Resolución, se invita a los jubilados de las
categorías incluidas a adherirse al aporte establecido.
Prórroga del Receso Extraordinario
Además, en consonancia con la cuarentena extendida por el Gobierno nacional y a la que adhirió la Provincia, el Tribunal dispuso prorrogar el receso extraordinario por razones sanitarias en el ámbito del organismo hasta el domingo 12 de abril.
En este período "se suspenden plazos procesales y administrativos, salvo habilitación expresa, motivada por asuntos cuyo tratamiento no admita dilación".