Sábado 28 de marzo de 2020
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Interés general
Denuncian a un entrerriano

El Comité de Emergencia en Salud de La Paz denunció a un paciente con coronavirus por incumplir la cuarentena. Podría enfrentar cargos con penas de entre 3 y 15 años de cárcel.

Coronavirus
En La Paz denunciaron a un paciente con coronavirus. (Foto ilustrativa).

E

l Comité de Emergencia en Salud La Paz (COES) formuló una denuncia penal contra el hombre que el jueves último dio positivo en el test de coronavirus. Se lo acusa de haber violado la cuarentena obligatoria que se le impuso luego de haber vuelto de un país con alta circulación viral, concretamente de Brasil. El delito que se le endilga tiene una pena de entre 3 y 15 años de cárcel.

Según se indicó, el viernes a las 22:15 se recibió una denuncia anónima en la que se dio cuenta del incumplimiento de la cuarentena obligatoria de una persona, y por ello a la 1:00 "se procedió a corroborar la información recibida con imágenes de capturas de un video de seguridad privada, en la cual se comprueba la violación de la misma".


Por tal motivo, el COES local "procedió a realizar la denuncia penal pertinente en la Jefatura Departamental La Paz, poniendo a disposición de la Justicia Federal las pruebas correspondientes, con el objetivo de salvaguardar la salud de los ciudadanos", consignó el sitio local La Sexta.

Al respecto, se indicó a la ciudadanía que dicho incumplimiento "correspondería a la persona que dio como resultado el primer caso positivo del COVID-19 en la ciudad de La Paz el día 26 de corriente".

Asimismo, se procedió a notificar a Vigilancia Epidemiológica de la provincia y a las personas que pudieron haber tomado contacto con esta persona para que cumplan con el aislamiento preventivo obligatorio.

Los delitos

El artículo 205 del Código Penal establece que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

En tanto, el artículo 202 implica una pena más grave y se aplica a imputados infectados, como en el caso del hombre de La Paz. El artículo dispone que “será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”.

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