Martes 21 de enero de 2020
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Interés general
Condenan al IAPV a entregar una casa más cerca

El organismo dispuso entregar a una persona una vivienda en Seguí. La beneficiaria pidió una en Colonia Avellaneda y ante la falta de respuesta fue a la justicia. El STJ falló a su favor. Este miércoles habrá audiencia.

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El IAPV debe entregarle una vivienda en Colonia Avellaneda a una beneficiaria (Foto de archivo).

E

l presidente del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) de Feria, Bernardo Salduna, convocó a una audiencia de conciliación en el marco de las actuaciones caratuladas “S.E.A.V. c/Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de Entre Ríos (IAPV) s/Acción de amparo”. Será este miércoles, a las 11, en el Salón de Acuerdos, ubicado en el tercer piso de los Tribunales de Paraná (Laprida 251).

La convocatoria fue dispuesta con el objeto de dar cumplimiento a la sentencia emitida el 10 de febrero pasado. A través de ese fallo el STJER revocó la resolución de instancia originaria y condenó al IAPV, y en subsidio al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a entregar a la demandante “en un plazo improrrogable de siete días (…) una vivienda en idénticos términos a lo dispuesto por el artículos 2º) del decreto Nº 2.512/18”.

Pese a que el Alto Cuerpo dispuso sustanciar el trámite para la desocupación y efectiva entrega de la Vivienda Nº 10, Manzana 37, Sector III perteneciente al Grupo Habitacional “Colonia Avellaneda 200 Viviendas”, el IAPV ofreció una unidad perteneciente al Grupo “Seguí 20 Viviendas” (Vivienda Nº 02, Manzana 103). Adujo que su entrega sería inmediata y con carácter transitorio “hasta tanto se sustancie el trámite para la desocupación y efectiva entrega a la actora de la vivienda señalada en el decreto Nº 2.512/18”.

Atento a ello se corrió vista al Ministerio Público Fiscal, que a través de la Procuradora Adjunta de la Procuración General, Rosa Alvez Pinheiro, consideró que se justificaba mantener el trámite ante el STJER dada “la plena jurisdicción que detenta el órgano de Alzada en los procesos de amparo”.

Por su parte la amparista cuestionó la propuesta del IAPV por entender que no cumplimenta la manda judicial. Sostuvo que la vivienda ofrecida se ubica a 60 kilómetros del lugar donde se encuentra su centro de vida y que cuenta con una sola habitación, por lo que rechazó la propuesta.

Ante ese escenario y dados “los derechos que se dicen conculcados y la urgencia de tratamiento que se requiere en orden a arribar a una pronta y efectiva solución”, Salduna citó a las partes con un fin conciliatorio, según consta en la resolución que dispuso la convocatoria.


 


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