El intendente electo de Villa Urquiza, Manuel Tennen (Cambiemos), fue a la Justicia para que el saliente, Alberto Gastiazoro (peronista) le abra los libros del municipio para la transición. Una jueza le dio razón y Gastiazoro fue emplazado.
L
a jueza de Garantías Nº 1 de Paraná, Marina Barbagelata, hizo lugar a la Acción de Amparo presentada por el intendente electo de Villa Urquiza, Manuel Tennen (Cambiemos), contra el actual presidente municipal de la localidad, Alberto Jose Gastiazoro (PJ) y le ordenó que, en el término de veinte días corridos (a contar desde el 6 de octubre), brinde “toda la información requerida” por el futuro jefe comunal.
Gastiazoro deberá informar el listado de proveedores, planta de personal permanente y contratados, concesiones municipales, convenio de extracción de materiales, proyección y ejecución del presupuesto, origen de los fondos de obras en ejecución, balance, estado del tesoro, administración de página web oficial del municipio y los responsables de subir información, convenio deuda con la Caja de Jubilaciones y los procesos judiciales que afronta la Comuna costera.
La medida responde a la presentación realizada por Tennen “ante
las negativas reiteradas de Gastiazoro de brindarle información sobre el estado
de la administración general del municipio en sus aspectos, administrativos,
organizativos y funcionales”, indica el comunicado del radical enviado a
INFORME DIGITAL.
Gastiazoro había respondido que toda la información se encontraba disponible en el sitio web de la comuna, aunque la jueza Barbagelata consideró “acreditado que la información que surge de la página en modo alguno satisface el requerimiento formulado por Tennen a la Municipalidad”.
La magistrada observó que “en tal portal no se publica con
el nivel de desagregación y especificidad ninguno de los datos solicitados” por
Tennen.
Incluso, en la audiencia de prueba, las partes iniciaron un
diálogo que generó en la jueza la impresión que el conflicto podría
solucionarse en “términos amigables”, mediante el suministro por parte de los
funcionarios municipales de la información solicitada por el alcalde electo,
para lo cual Barbagelata dispuso la suspensión de los plazos procesales.
En los considerandos Barbagelata indicó: "el derecho al acceso a la información bajo control del Estado responde al principio republicano de publicidad de los actos de gobierno reconocido en el artículo 1° de la Constitución Nacional, y surge también consagrado en el artículo 14 de la Carta Magna, y en los artículos 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, todos ellos incorporados a la Ley Superior en los términos establecidos por el artículo 75, inciso 22”.
Por otra parte, sostuvo que “el acceso a la información pública fortalece la calidad institucional, en tanto da transparencia a la gestión del gobierno y de ese modo se concreta el cumplimiento a los compromisos asumidos por el Estado argentino al suscribir la Convención Interamericana contra la Corrupción, en tanto uno de los medios para lograr el fortalecimiento de la participación de la sociedad civil en la prevención y lucha contra la corrupción es el acceso a información pública útil, completa y adecuada”.
“El acceso a información pública permite que la
participación ciudadana incida en el proceso de toma de decisiones, el control
de los actos públicos de gobierno y fundamentalmente habilita el ejercicio de
otros derechos", fundamentó la jueza.
En caso de incumplimiento, el actual intendente podría enfrentar una causa penal por desobediencia de mandato judicial e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Finalmente, se estableció que Gastiazoro y la municipalidad
de Villa Urquiza deberán hacerse cargo de las costas del proceso.