El Tribunal electoral provincia avanza en la confección de un "registro de infractores". Allí se anotaría a quienes no vayan a votar pese a estar obligados a hacerlo, y no justifiquen la falta. Analizan cómo aplicar el pago de multas.
E
l secretario general del Tribunal Electoral de la
Provincia, Agustín González, informó que trabajan en el escaneo de los padrones
utilizados en las PASO del 14 de abril y las elecciones generales del 9 de
junio, “para conformar un registro de infractores por primera vez en la
provincia”
Ese registro estará conformado por “todas las personas que no fueron a votar y que no justificaron la no emisión del voto dentro de los 60 días posteriores a cada elección”, precisó González y adelantó que el registro estaría listo “en 10 o 15 días”. Una vez finalizado se pondrá “disposición y en conocimiento de la ciudadanía, para que sea rectificada en caso de que haya algún error”.
Posteriormente, explicó el funcionario, “se elevará al Ejecutivo provincial para que
tome, o no, la decisión de instrumentar alguna suerte de convenio con las
municipalidades para ofrecer la posibilidad de un pago voluntario”.
Según precisó el secretario electoral, “la ley establece el quantum de la multa, que va de los 50 a los 500 pesos, pero no está reglamentado cuál va a ser el formato en que se va a ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de cumplimentar esa obligación, si va a ser voluntaria”.
Tras resaltar que “la provincia nunca había tenido un registro de infractores propio”, González explicó el procedimiento para confeccionarlo.
“Primero se escanean los troqueles que quedaron en los padrones, de las personas que no emitieron el voto. Y a partir de esa base, se excluye a las personas que no estaban obligadas a votar, es decir, los mayores de 70 años, los menores de 18 años, fuerzas de seguridad y los funcionarios afectados al proceso electoral, las autoridades de mesa que estaban designadas en mesas donde no tenían que emitir el sufragio. Y así queda confeccionado el registro de infractores”, detalló finalmente.
(Fuente: APF)