A través de un decreto de necesidad y urgencia conocido este domingo, el gobierno nacional anunció una restricción para adquirir la moneda de hasta 10.000 por mes para personas y empresas. También obliga a exportadores a liquidar divisas.
L
uego de una semana de fuerte volatilidad cambiaria, el Gobierno nacional lanzó este domingo y antes del inicio de la semana financiera un DNU que impone una restricción a la compra de dólares para personas y empresas y la obligación a los exportadores de liquidar sus divisas.
Economistas hablan de un "cepo parcial", ya que las personas físicas
podrán comprar hasta u$s10.000 por mes y podrán transferir al exterior por esa
misma cantidad al mes, pero no es una restricción total. Si compradores quieren
exceder esos montos deben pedir autorización al BCRA. El mecanismo es similar
para las empresas.
En la Casa Rosada refieren que el objetivo del DNU es "generar estabilidad cambiaria y proteger a los ahorristas". Según comentan en el Gobierno, "las medidas buscan limitar la posibilidad de especular en el mercado cambiario". Cabe recordar que sólo este viernes el Banco Central tuvo que sacrificar $387 millones para contener al dólar, que igual escaló a $ 62,04.
Las medidas
Desde este lunes las personas físicas podrán comprar hasta 10.000 dólares por mes. Para un monto mayor se deberá pedir -a través de los bancos- una autorización del BCRA. Según aseguran fuentes oficiales, el 90% de las personas que compran dólares en el país no llegan a ese monto.
No habrá impedimentos para extraer dólares de cuentas para personas físicas ni jurídicas, y tampoco habrá restricción para viajes.
En cuanto a las trasferencias al exterior, se podrá
transferir sin autorización el mismo monto máximo permitido para comprar: u$s10.000.
En lo que respecta a las personas jurídicas, se estableció que los exportadores deberán vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque.
También, para este grupo, no habrá restricciones para la
importación o pago de deudas a su vencimiento. Pasado ese monto, se deberá
pedir una autorización al BCRA que tendrá un área dedicada a este tipo de
operación. Las medidas apuntan a que "las empresas no puedan comprar
dólares para atesorar", confiaron fuentes oficiales.
Más horarios en bancos
En este marco, los bancos estarán habilitados para extender su horario hasta las 17 horas por un mes. Cada entidad decidirá cómo pone en funcionamiento la medida y cómo negocia con el gremios las horas extras que implica este operativo que se extiende hasta fin de mes.
El DNU también establece que los tenedores de algunos
títulos de la deuda pública con vencimiento original fuera de límite, podrán
dar estos títulos en pago para cancelar obligaciones de la seguridad social,
como aportes y contribuciones, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019.
"Ante diversos factores que impactaron en la evolución de la economía argentina y la incertidumbre provocada en los mercados financieros, el Poder Ejecutivo Nacional se vio en la necesidad de adoptar una serie de medidas extraordinarias tendientes a asegurar el normal funcionamiento de la economía, sostener el nivel de actividad y empleo y proteger a los consumidores", dicen los considerandos.
Estas medidas buscan "fortalecer el normal
funcionamiento de la economía, contribuir a una administración prudente del
mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y
contener el impacto de oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía
real", agregó el DNU.
(Fuente: Ámbito Financiero)