El juez federal Leandro Ríos anuló la resolución de la Junta Electoral del Partido Socialista que había apartado de la interna de Consenso Federal a la lista de Luis 'Toto' Díaz. Ahora podrá competir en las PASO de agosto.
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l juez federal Leandro Ríos anuló este viernes la resolución de la Junta Electoral del Partido Socialista que el 22 de junio había anulado la lista que encabeza el concejal Luis “Toto” Díaz para participar en la interna de Consenso 2030, el espacio que postula a Roberto Lavagna como candidato a presidente de la Nación.
Así, la nómina podrá competir contra la nómina que lleva a Lisandro Gamarra (partido Ser) y Juan Manuel Rossi (PS) como candidatos a senador y diputado nacional, respectivamente.
Para el juez Ríos, la lista de Díaz se anuló en el marco de un proceso irregular. “Se advierte que se ha interrumpido la deliberación a partir de una propuesta formulada para un acuerdo de listas lo que constituye un vicio de ilegalidad manifiesta que provoca un perjuicio irreparable a la participación de lista".
"En efecto, la sola invocación de una toma de decisión por parte de un grupo de integrantes de la Junta, que no convoca al resto de los miembros que habían venido participando de la reunión, nos pone en presencia de una violación al derecho de defensa de la lista impugnante, y con ello, se ve vulnerado un principio de seguridad jurídica que atenta con la debida regularidad funcional con la que deben desarrollar sus reuniones los órganos partidarios”, señala el magistrado en la resolución a la que accedió INFORME DIGITAL.
"Es un elemental principio de la democracia, la amplia y plural participación política de las líneas internas de los partidos, con la entidad que han sabido tener estos institutos partidarios a los que el Estado se ha visto necesitado de reforzar, a partir de una creación legislativa que trasvasando las fronteras internas de las agrupaciones invita al cuerpo electoral de la república a participar de la preselección de las candidaturas en las elecciones primarias,abiertas, simultáneas y obligatorias"
Además, pone de resalto que el encuentro de la Junta Electoral donde se decidió qué listas iban a ser oficializadas se realizó en dos etapas. Indicó que tras un cuarto intermedio, la nómina de Díaz, que tiene como apoderada legal a la ex diputada socialista María Emma Bargagna, no tuvo la oportunidad de participar.
Al fundamentar su decisión, Ríos explicó que "es un elemental principio de la democracia, la amplia y plural participación política de las líneas internas de los partidos (art. 38 CN), con la entidad que han sabido tener estos institutos partidarios a los que el Estado se ha visto necesitado de reforzar, a partir de una creación legislativa que trasvasando las fronteras internas de las agrupaciones invita al cuerpo electoral de la república a participar de la preselección de las candidaturas en las elecciones primarias,abiertas, simultáneas y obligatorias (Ley 26.571)".
"Es el más amplio derecho de participación política,solventado por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos elevado a la jerarquía de la Constitución, el que nos informa sobre la necesidad de apuntalarestos procesos de democracia interna (cf. art. 75 inc. 22 CN; art. 23 del Pacto de San José de Costa Rica y art. 25 Pacto Internacional de Derechos Civiles yPolíticos), por las consideraciones expuestas y normas citadas", finalizó.
De este modo, el juez anuló la resolución de la junta electoral partidaria y habilitó a la nómina del concejal paranaense a participar en las elecciones internas del 11 de agosto en el marco del frente Consenso Federal, que agrupa a socialistas, vecinalistas, radicales "sueltos" y dirigentes del partido SER.