ATE pide que el Estado realice gestiones para que el costo de la tarifa social del servicios públicos de distribución de electricidad sean absorbido por las concesionarias . Y que Nación desdolarice la tarifa.
E
n el marco del paro nacional, la Asociación de Trabajadores del Estado de Entre Ríos (ATE) presentó al Ejecutivo un proyecto de Ley por el que busca establecer como derechos fundamentales y humanos la energía y los servicios públicos.
Ante la dura situación que atraviesan los trabajadores por el brutal ajuste que implica tarifazos y una fuerte inflación, desde ATE Entre Ríos entregaron al gobierno provincial una iniciativa que busca un régimen de tarifa social para el servicio público de distribución de electricidad y de acceso al agua potable y saneamiento básico, indicó Muntes.
En ese sentido, precisó que "el Estado provincial deberá proponer y realizar gestiones para que el costo de la tarifa social del servicio públicos de distribución de electricidad sean absorbido por las concesionarias; que el sistema energético nacional desdolarice las tarifas; y que cada una de las partes del sistema energético nacional sea prestado por el Estado nacional, por el Estado provincial o empresas estatales creadas a tal efecto".
Al respecto, explicó que el proyecto determina que, para aplicar el régimen, el Gobierno deberá tener un criterio de inclusión en el beneficio, pero aclaró que para acceder a la tarifa social se tendrán en cuenta algunas variables.
Beneficiarios
* Jubilados, pensionado o trabajador en relación de dependencia, que perciba una remuneración bruta menor o igual a dos veces el valor de la canasta básica total hogar tipo 1 Indec
* Trabajador monotributista inscripto en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el valor de la canasta básica Indec
* Titular de programas sociales y habitacionales provinciales, y otros
* Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social
* Estar incorporado en el régimen especial de seguridad social para empleados del servicio domestico
* Estar percibiendo el seguro de desempleo o aun expirado este no se registrase con alta laboral
* Ser titular de pensión vitalicia a veteranos de guerra del Atlántico Sur
* Contar con el certificado de discapacidad expedido por autoridad competente Ser beneficiarios de nuevas viviendas sociales o adjudicatarios de vivienda única regularización en el marco de emergencia dictada por la Legislatura o reconocido su situación de precariedad por el Poder Judicial.