E
n el paquete de medidas para “modernizar” el Estado que el gobierno anunció ayer introdujo un cambio en la regulación que impedía embargar las cuentas sueldos de los trabajadores. Con el nuevo decreto de necesidad y urgencia, se le permite a las entidades financieras quedarse con los depósitos que excedan los tres salarios mínimos para cancelar las deudas. Es una medida a favor de los acreedores. El Banco Central planteó que esta iniciativa ayuda a mejorar la calidad crediticia de los individuos, al poder dejar sus depósitos en garantía. Pero especialistas en materia laboral aseguraron a este diario que simplemente le facilita las cosas a las entidades financieras para cobrarse sus deudas. Hoy los bancos, debido a que las cuentas sueldo eran consideras inembargables, debían acordar empleador por empleador retener parte de los ingresos del asalariado antes de su giro a la cuenta. El esquema vigente hasta ahora mantenía como regla la imposibilidad de embargar los fondos de una cuenta sueldo. Lo que si podía embargarse era 20 por ciento del salario (sin depositarse), sobre el monto excedente de los dos salarios mínimos. El salario mínimo es de 9500 pesos, por lo cual una financiera podía acordar con un empleador que retenga antes del giro a la cuenta 20 de cada 100 pesos cobrados por encima de los 19.000 pesos. Con la reforma, el ingreso mínimo inembargable pasará a ser de 28.500 pesos, pero las entidades financieras tendrán la posibilidad de embargar tanto del salario como de la cuenta sueldo todo el excedente.