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e la redacción de INFORME DIGITAL Los jueces Hugo Perotti, Elisa Zilli y Alejandro Grippo, de la Cámara de Casación de Paraná, ratificaron la condena al ex senador Raúl Taleb (PJ-Diamante) a la pena de tres años de prisión condicional, inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos y multa de 442.577 pesos por encontrarlo autor material y responsable del delito de enriquecimiento ilícito de funcionario público. Federik: "Vamos a apelar" El tribunal confirmó así la decisión de los jueces de primera instancia, Miguel Ángel Giorgio y Daniel Malatesta, y rechazaron el recurso interpuesto por la defensa del ex legislador. El abogado Julio Federik, sin embargo, adelantó a INFORME DIGITAL que apelarán el nuevo fallo ante el Superior Tribunal de Justicia. “Vamos a apelar, vamos a ir al Superior Tribunal de Justicia. (La sentencia de Casación) no hace lugar a los agravios de nuestra parte, así que nosotros vamos a hacer la impugnación extraordinaria”, indicó Federik, que patrocina al ex legislador diamantino, condenado por la imposibilidad de justificar un crecimiento patrimonial de 885.154 pesos. Por su parte, previo a las consideraciones de los miembros de Casación, el Procurador General de la Provincia, Jorge García, solicitó que la sentencia sea confirmada y rechazarse el recurso de Casación, “salvo el punto en que la inhabilitación absoluta suspende los beneficios previsionales”. "El funcionario público sabe que no podrá hacerse rico aprovechando tal calidad" El juez Perotti afirmó en primer lugar el “rechazo íntegro del recurso de casación y la consecuente confirmación de la sentencia puesta en crisis”, ya que “no se avizoran causales evidentes de arbitrariedad”. El magistrado se remitió a “los parámetros de la Corte Suprema (la obra de Genaro y Alejandro Carrió, ‘El recurso extraordinario por sentencia arbitraria’)”. Los "agravios" expuestos por la Defensa, para Perotti, “no representan más que el disenso o disconformidad” con el primer fallo. En tanto, el juez advirtió que “resulta indiscutible que hoy la sociedad toda reclama por la vigencia de este delito (enriquecimiento ilícito) como una de las herramientas en la lucha contra la corrupción”. De Taleb dijo Perotti –a cuyas palabras suscribieron luego Zilli y Grippo- que “quien asume esta condición -la de funcionario público- sabe (o debe saber) que al asumir esa función queda advertido que no podrá hacerse rico aprovechando tal calidad, ni mantener en secreto su patrimonio”. Jubilación permitida De los planteos de la Defensa, el que quedó en pie en los fundamentos del fallo de Casación fue el referido a la jubilación del ex senador. “La suspensión configuraría una mortificación innecesaria”, evaluó el juez opinante y agregó que “surge entonces como irrazonable la suspensión de un beneficio a quien por su edad y circunstancias personales, prácticamente se encuentra imposibilitado en el contexto del mercado laboral para desarrollar tarea alguna que le provea de los recursos necesarios para atender sus necesidades básicas”. “Se le estaría infligiendo un sufrimiento no acotado al sistema punitivo”, concluyó Perotti, por lo que finalizó: “la sentencia debe ser confirmada, con la salvedad de que la inhabilitación no alcanza al goce de la jubilación”. El fallo