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e la redacción de INFORME DIGITAL El diputado nacional Marcelo Monfort (Cambiemos-Entre Ríos) presentó un proyecto en la Cámara Alta nacional que propone agregar al artículo 33 de la mencionada ley un inciso que ordena que no podrán ser precandidatos en elecciones primarias ni candidatos en elecciones generales a cargos públicos electivos nacionales, ni ser designados para ejercer cargos partidarios, “las personas condenadas por delitos de corrupción (“Delitos contra la Administración Pública” del Código Penal Argentino) o de aquellos delitos que traigan aparejada pena de inhabilitación para ejercer cargos públicos”. La propuesta abarca a aquellas condenas en las que la sentencia “no se hallare firme, siempre que la misma sólo dependiera de la resolución de recursos extraordinarios deducidos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. Candidatos corruptos "han generado una repulsa social generalizada" En los fundamentos, el legislador radical y ex intendente de Villa Elisa aduce “dotar a la legislación electoral nacional de mayor contenido ético que honre la transparencia, la legitimidad y la moralidad que deben impregnar la normativa que regula el mecanismo de representación política”. A su vez, advierte que la oficialización de candidaturas electorales por parte de postulantes que registran condenas por corrupción “han generado una repulsa social generalizada que contribuye a minar aún más el ya debilitado grado de confianza que la sociedad tiene depositada sobre la actividad política”. Para Monfort, la culpabilidad en hechos de corrupción es incompatible con “el concepto de idoneidad” que debe regular el ejercicio de cargos electivos, ejecutivos y legislativos. Insiste el diputado de Cambiemos que la legislación infraconstitucional, por lo tanto, debe ser dotada “de mayor rigorismo en las incompatibilidades para las postulaciones, intensificando las exigencias legales en aquéllos casos de personas que han recibido condenas penales a través del sistema judicial, habiendo recorrido el itinerario procesal de las instancias inferiores al de la Corte Suprema de Justicia Nacional” “No resulta irrazonable ni arbitrario limitar el derecho electoral activo de un candidato que habiendo sido condenado en 1ª instancia y –apelada su sentencia- el fallo de condena fue confirmado por un Tribunal de Alzada y por la Cámara Nacional de Casación Penal”, fundamenta luego Monfort. Quiénes no pueden ser candidatos hoy Cabe recordar que la ley que Monfort busca ampliar impide ser candidatos a: - excluidos del padrón electoral como consecuencia de disposiciones legales vigentes; - personal superior y subalterno de las fuerzas de seguridad de la Nación y de las provincias, en actividad o retirados llamados a prestar servicios; - magistrados y funcionarios permanentes del Poder Judicial - los que desempeñaren cargos directivos o fueren apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras públicas o de empresas que exploten juegos de azar; - personas con auto de procesamiento por genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra