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e al redacción de INFORME DIGITAL En el turno de los alegatos en el juicio contra los ex ministros Rubén Villaverde (Acción Social) y Enrique Carbó (Gobierno), por un supuesto decreto antedatado que pasó a planta permanente de Acción Social a 16 personas, la fiscal de Cámara Carolina Castagno solicitó la pena de tres años por fraude a la administración pública por administración infiel. Para el primero como autor, y para el segundo por haber sido partícipe del supuesto delito. En tanto, la defensa de los acusados, Frennda Tardelli, por Villaverde; y Alejandro Carbó, en defensa de su hermano, solicitaron la absolución al entender que no hubo delito, y que en el juicio quedó probado que no existió un decreto antedatado. Además, resaltaron que al personal al que se le pagó dos sueldos se le practicó el descuento, que fuera autorizado por Villaverde cuando era ministro. Los letrados consideraron "tendenciosa" la acusación y recordaron que la denuncia fue formulada por Jorge Busti en noviembre de 2004, cuando era senador nacional y a 10 días de las elecciones para la gobernación. Se trata de hechos que supuestamente ocurrieron en mayo de 2003 cuando el gobierno de la Alianza estaba en la Casa Gris entrerriana. En aquellos años, Sergio Montiel, que también fue imputado pero su fallecimiento el 1 de noviembre de 2011 motivó la extinción de la persecución penal, era gobernador de la provincia, Carbó estaba al frente del Ministerio de Gobierno, Villaverde en el de Acción Social. El pasado lunes, el ex titular del Palacio de Hacienda, Oscar Berón, reconoció ser penalmente responsable de los delitos de falsificación ideológica de instrumento público, en grado de coautor, y de fraude a la Administración Pública por administración infiel. De acuerdo a la imputación de la fiscal coordinadora Carolina Castagno, a los cuatro imputados se les atribuyó suscribir en mayo de 2003 y en Acuerdo general de Ministros, el Decreto Nº 2136/02, en el que se insertó una fecha falsa, del 31 de mayo de 2002, con "la finalidad de lograr que dieciséis empleados pudieran cobrar los haberes correspondientes desde la fecha consignada, es decir, con un año de retroactividad, causándole de este modo, un perjuicio al Fisco Provincial, toda vez que, al mismo tiempo dichos agentes estaban percibiendo distintas ayudas económicas, como Plan Jefe o Jefas de Hogar, o bien como contratados, percibiendo un 'sueldo', con retroactividad, que no correspondía". Las personas que se designó en "Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción Ministerio de Acción Social de la Provincia", según la acusación, fueron "Diego Antonio Faccendini, Patricia Ester Montiel, Matias Juan Pablo Bettoni, Maria Claudia Cecco, Jorge Domingo Godoy, Mariano José González, Lucrecia Raquel Alloatti, Lucía Margarita Borras, Marisa Krieger, Celia Verónica Borro, Susana María Odiard, Carlos Javier Canepa, María Isabel Pérez, Leonardo Enrique Félix Molina, Adrián Alberto Buffa y Gisela Elizabeth Arduin". En la imputación se señaló que "en el caso de Odiard, Arduin, González, Alloatti, Borras, Krieger y Borro, los mismos eran a esa fecha beneficiarios del Plan Jefes y Jefas de Hogar, percibiendo una ayuda económica en forma mensual, sin prestar servicios a la Administración, ayuda ésta que también percibieron durante el período antes indicado y la cual se superpuso a los haberes que se les liquidaron en forma retroactiva". Para Fiscalía, aquella maniobra le ocasionó al "erario público provincial un perjuicio económico toda vez que, no obstante que los agentes aludidos registraron el 'Alta' efectiva en las categorías en que fueron designados en junio de 2003, se les liquidaron los haberes y se les reconoció antigüedad en forma retroactiva, a partir del 31 de mayo de 2002, superponiéndose en consecuencia los pagos que se les efectuaron, en concepto de 'liquidación retroactiva de haberes', con las remuneraciones y/o ayudas económicas que cada uno de éstos venía ya percibiendo en razón de que todos los agentes en cuestión –a excepción de Odiard, Arduin, Gonzalez, Alloatti, Borras, Krieger y Borro–, venían prestando servicios en la Administración Pública en virtud de sendos contratos de locación de servicios que habían celebrado con anterioridad al 31 de amyo, los que les habían sido renovados por Resolución Nº 2000/02 MSAM a partir del 1 de septiembre de 2002 y hasta el 31 de diciembre de 2002, percibiendo por ende durante todo ese período también remuneraciones en concepto de contraprestación por los servicios que prestaron". Fiscalía entendió que "al computárseles y abonárseles la antigüedad a los agentes aludidos precedentemente, a partir de dicha fecha falsa (31 de mayo 2002), se estaría produciendo un perjuicio económico al erario provincial el cual hasta noviembre de 2006 ascendía a la suma aproximada de cincuenta y siete mil novecientos noventa pesos con once centavos y que continúa produciéndose en la medida en que los agentes a la fecha se encuentran desempeñándose en la administración pública".