E
l abogado Enrique Carbó, el licenciado en Administración Pública Rubén Villaverde y el contador Oscar Berón comenzarán a ser juzgados este lunes por los presuntos delitos de Fraude a la administración pública por administración infiel y Falsificación ideológica. Se trata de hechos que supuestamente ocurrieron en mayo de 2003 cuando el gobierno de la Alianza estaba en la Casa Gris entrerriana. En aquellos años, Sergio Montiel, que también fue imputado pero su fallecimiento el 1 de noviembre de 2011 motivó la extinción de la persecución penal, era gobernador de la provincia, Carbó estaba al frente del Ministerio de Gobierno, Villaverde en el de Acción Social y Berón en el de Economía. De acuerdo a la imputación que será responsabilidad de la fiscal coordinadora Carolina Castagno, a los cuatro imputados se les atribuyó suscribir en mayo de 2003 y en Acuerdo general de Ministros, el Decreto Nº 2136/02, en el que se insertó una fecha falsa, del 31 de mayo de 2002, con "la finalidad de lograr que dieciséis empleados pudieran cobrar los haberes correspondientes desde la fecha consignada, es decir, con un año de retroactividad, causándole de este modo, un perjuicio al Fisco Provincial, toda vez que, al mismo tiempo dichos agentes estaban percibiendo distintas ayudas económicas, como Plan Jefe o Jefas de Hogar, o bien como contratados, percibiendo un 'sueldo', con retroactividad, que no correspondía". Las personas que se designó en "Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción Ministerio de Acción Social de la Provincia", según la acusación, fueron "Diego Antonio Faccendini, Patricia Ester Montiel, Matias Juan Pablo Bettoni, Maria Claudia Cecco, Jorge Domingo Godoy, Mariano José González, Lucrecia Raquel Alloatti, Lucía Margarita Borras, Marisa Krieger, Celia Verónica Borro, Susana María Odiard, Carlos Javier Canepa, María Isabel Pérez, Leonardo Enrique Félix Molina, Adrián Alberto Buffa y Gisela Elizabeth Arduin". En la imputación se señaló que "en el caso de Odiard, Arduin, González, Alloatti, Borras, Krieger y Borro, los mismos eran a esa fecha beneficiarios del Plan Jefes y Jefas de Hogar, percibiendo una ayuda económica en forma mensual, sin prestar servicios a la Administración, ayuda ésta que también percibieron durante el período antes indicado y la cual se superpuso a los haberes que se les liquidaron en forma retroactiva". Para Fiscalía, aquella maniobra le ocasionó al "erario público provincial un perjuicio económico toda vez que, no obstante que los agentes aludidos registraron el 'Alta' efectiva en las categorías en que fueron designados en junio de 2003, se les liquidaron los haberes y se les reconoció antigüedad en forma retroactiva, a partir del 31 de mayo de 2002, superponiéndose en consecuencia los pagos que se les efectuaron, en concepto de 'liquidación retroactiva de haberes', con las remuneraciones y/o ayudas económicas que cada uno de éstos venía ya percibiendo en razón de que todos los agentes en cuestión –a excepción de Odiard, Arduin, Gonzalez, Alloatti, Borras, Krieger y Borro–, venían prestando servicios en la Administración Pública en virtud de sendos contratos de locación de servicios que habían celebrado con anterioridad al 31 de amyo, los que les habían sido renovados por Resolución Nº 2000/02 MSAM a partir del 1 de septiembre de 2002 y hasta el 31 de diciembre de 2002, percibiendo por ende durante todo ese período también remuneraciones en concepto de contraprestación por los servicios que prestaron". Fiscalía entendió que "al computárseles y abonárseles la antigüedad a los agentes aludidos precedentemente, a partir de dicha fecha falsa (31 de mayo 2002), se estaría produciendo un perjuicio económico al erario provincial el cual hasta noviembre de 2006 ascendía a la suma aproximada de cincuenta y siete mil novecientos noventa pesos con once centavos y que continúa produciéndose en la medida en que los agentes a la fecha se encuentran desempeñándose en la administración pública". Además de la profusa prueba documental, de los diversos informes remitidos por distintas oficinas y reparticiones, la acusación señaló "las periciales caligráfica y contables producidas en autos", entre las que se destacan los "Cuerpos de escrituras practicados por Carbó y Berón, tendientes a determinar si las firmas insertas en el decreto 2136, les corresponde". En este punto se tuvo en cuenta la "Pericial Caligráfica, elaborada por el perito calígrafo del Superior Tribunal de Justicia, Carlos Orzuza, en la cual concluyó que: '. . .las firmas obrantes en la parte inferior del Decreto Nº 2136 pertenecen al patrimonio escritural de Enrique Sergio Carbó y Oscar Alberto Berón". Qué dijeron en su defensa En su descargo, Carbó "negó haber firmado ningún decreto antedatado como así también haber estado en un acuerdo de ministros en el año 2003, pues a esa fecha no era ministro ya que cesó el 22 de agosto 2002" y agregó que "en relación a la retroactividad que se le reconoce a los agentes, es común en el Estado, cuando se les pagan funciones y reconocen categorías". Por su parte, Montiel se declaró "inocente de cualquier imputación que se le haya realizado" y añadió que "su única participación fue la firma de un Decreto, no recordando el día en que esto ocurrió, por ser cuestiones de trámite diario". También sostuvo que "todo decreto que iba a la firma del Gobernador llevaba previamente la firma de los Ministros, sin número ni fecha y que luego de la firma del Gobernador, se lo colocaban en un trámite administrativo". Berón, que primero se abstuvo de prestar declaración indagatoria, lo hizo posteriormente cuando "negó las imputaciones en su contra, indicando, que el decreto en cuestión no correspondía al Ministerio de Economía", sosteniendo que "evidentemente el decreto vino para ser refrendado y cumplir con el acuerdo de Ministros establecido por la Constitución Provincial para determinados actos". Finalmente, Villaverde, también "negó la imputación, precisando, que nunca firmó proyecto de decreto y/o decreto con fecha dado que se elevaban sin la misma". El imputado sostuvo que "es materialmente imposible haber intervenido en la maniobra que se le menciona porque no era ámbito del Ministerio de Acción social numerar ni fechar los decretos", explicando que "esa misión" no está dentro de las competencias de las disposiciones orgánicas vigentes del Poder Ejecutivo. Villaverde manifestó que "no tuvo intención de producir ningún perjuicio al erario público ni beneficiar a nadie".