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e la redacción de INFORME DIGITAL El ausentismo electoral es uno de los temores de las distintas fuerzas políticas, ya que en los últimos años se ha registrado un crecimiento en el número de ciudadanos que eligen no ejercer su derecho al voto. Los números hablan de un porcentaje de abstención promedio del 20% en la última década. En las elecciones intermedias de 2013 votó un 79% del padrón -en las primarias de ese año fue del 76,8%-, número que también se alcanzó en las presidenciales de 2011. A nivel nacional, el porcentaje más alto de abstención desde 1946 fue en las legislativas de 2001, en plena crisis, cuando alcanzó el 26% del padrón. En tanto, en una elección presidencial, el máximo fue en 2007. Esa vez arañó el 24%. En las PASO de 2015 votó cerca del 74% del padrón electoral. Mientras que en octubre lo hizo un 80,86%. La abstención se ubicó en el promedio de los últimos años, que fue del 20%. En el ballotage presidencial de noviembre votó el 78% del padrón, según informó entonces el ministerio de Justicia de la Nación. En el trabajo “Programa de Investigación sobre el Movimiento de la Sociedad Argentina Comunicación de Investigación: Abstención electoral y voto en blanco en Argentina desde 1991”, la investigadora María Celia Cotarelo muestra la evolución de la abstención electoral y del voto en blanco entre 1983 y 1997: 1983: Padrón: 17.929.950; abstención 2.579.760 (14,4%); boto en blanco 217.317 (1,2%); abstención más voto en blanco: 15,6%. Se votó presidente, diputados y senadores nacionales y gobernadores. 1985: Padrón: 19.653.490; abstención 2.579.766 (13,1%); voto en blanco 242.495 (1,2%); abstención más voto en blanco: 14,4%. Se votó diputados nacionales. 1987: Padrón: 19.453.010; abstención 3.879.044 (19,9%); voto en blanco 354.416 (1,8%); abstención más voto en blanco: 21,8 %. Se votó diputados nacionales y gobernadores. 1989: Padrón: 20.021.850; abstención 2.907.075 (14,5%); voto en blanco 360.393 (1,8%); abstención más voto en blanco: 16,3%. Se votó presidente y diputados nacionales. 1991: Padrón: 20.764.010; abstención 4.080.899 (19,7%); voto en blanco 819.135 (3,9%); abstención más voto en blanco: 23,6%. Se votó diputados nacionales y gobernadores provinciales. 1993: Padrón: 21.443.950; abstención 4.696.455 (21,9%); voto en blanco 653.133 (3,0%); abstención más voto en blanco: 24,9%. Se votó diputados nacionales. 1994 (*): Padrón 21.646.435; abstención 6.817.735 (31,5%); voto en blanco 735.390 (3,4%); abstención más voto en blanco: 34,9%. (*) Fuente no oficial. Diario Clarín 1994. Se votó para convencionales constituyentes. 1995: Padrón: 22.158.612; abstención 4.365.246 (19,7%); voto en blanco 824.474 (3,7%); abstención más voto en blanco: 23,4%. Se votó presidente, diputados nacionales y gobernadores provinciales. 1997: Padrón: 23.184.491; abstención 5.138.201 (22,2%); voto en blanco 841.295 (3,6%); abstención más voto en blanco: 25,8%. Se votó diputados nacionales. Quienes eligen no votar El próximo domingo se realizarán las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) y los entrerrianos concurrirán a las urnas para elegir a los candidatos que se presentarán el 22 de octubre. La provincia renueva cinco bancas en la Cámara de Diputados de la Nación. Pero no todos van a presentarse al encuentro con las urnas. En las últimas horas, por las redes sociales se difunden todo tipo de “consejos” e “instructivos” para anular el voto o, directamente, evitar concurrir al acto comicial. Las elecciones son obligatorias, y por ello se considera que no asistir es pasible de sanciones o multas. A pesar de las advertencias, algunos electores prefieren pegar el faltazo el domingo. Aquellos que no quieren emitir su voto están decididos a pagar la multa de $50, que es la sanción establecida para quienes no lo hagan. Otros electores podrán justificar su ausencia en caso de que se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde voten. En ese caso deben presentarse con el DNI el día de la elección ante la autoridad policial más cercana para que les extiendan una certificación escrita. Dentro de los 60 días de realizados los comicios, el elector deberá presentar tal constancia ante la Secretaría Electoral. Por su parte, los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor también serán eximidos de votar, aunque en su caso las ausencias "deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional" o por médicos oficiales, provinciales o municipales”. Las normas electorales establecen que quienes falseen los certificados serán reprimidos de acuerdo a lo establecido por el artículo 292 del Código Penal, que castiga con prisión de hasta seis años ese delito. La multa En caso de no haber emitido voto en solo un acto electoral (primarias o generales) el valor de la multa será de cincuenta pesos $ 50. Si el elector se ausenta tanto en las PASO como en las generales de octubre , deberá abonar una multa por cien pesos ($ 100), que se acumularán a los cincuenta pesos ($ 50) correspondientes a la primera infracción, es decir que abonará un total de $ 150 en concepto de multas. La multa podrá ser pagada en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina "y en las demás entidades que se habiliten para el cobro".