Lunes 10 de julio de 2017
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Política
Urribarri quiere una bicameral para la Ley de Comunas
El presidente de la Cámara de Diputados pidió mediante un proyecto de resolución que se cree una Comisión Bicameral para tratar la Ley de Comunas. La iniciativa fue remitida recientemente por el Poder Ejecutivo. ¿De qué se trata?
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Urribarri solicitó crear una bicameral por la Ley de Comunas.

L

uego de una semana que lo tuvo en todas las portadas por la causa por contrataciones durante la Cumbre del Mercosur de 2014, el ex gobernador y actual presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Urribarri, salió a mostrar iniciativa con la presentación de un proyecto de resolución en que el que propone la creación de una comisión bicameral para tratar el proyecto de Ley de Comunas del Poder Ejecutivo. Según informó mediante un comunicado enviado a INFORME DIGITAL, Urribarri solicitó a la Cámara de Diputados la creación de una Comisión Bicameral para el tratamiento de la Ley de Comunas en ambas cámaras. Argumentó que "es una ley de alcance amplio, ya que se fijan normas de organización y competencia, probables categorías, la división catastral y una serie de complejidades que necesitan una observación específica, por lo que resultaría de enorme practicidad elaborar un dictamen único de manera que estoy proponiendo la creación de una comisión bicameral que coordine el debate que se viene". La ley enviada por el Poder Ejecutivo tiene más de 50 artículos. Algunos establecen principios como los de la competencia pero también fijan límites territoriales y le dan un status jurídico-impositivo distinto a las conocidas Juntas de Gobierno. También aborda las categorías en que quedarán divididas las comunas, de acuerdo a la siguiente regla: Categoría Primera, de 1500 a 701 habitantes, estará integrada por ocho (8) miembros titulares e igual número de suplentes; Categoría Segunda, de 700 habitantes a 200 Habitantes, estará integrada por seis (6) miembros titulares e igual número de suplentes, otorgándoles luego de esa clasificación competencia territorial, patrimonial, y personería jurídica propia. La ley también fija el nuevo Sistema de Gobierno para las comunas con un Consejo Comunal y un Departamento Ejecutivo, los que serán electas por el voto popular, donde quien encabece la lista ganadora será el Presidente, adjudicándose la mitad más uno de los cargos del Consejo Comunal, y el resto se distribuirá entre los restantes de acuerdo al sistema D’ Hondt, cargos que serán honorarios, a excepción del Presidente. Uno de los cambios más importantes propuestos es que los Consejos Comunales podrán dictar dos tipos de normas: Ordenanzas y Resoluciones, como así también su reglamento interno; organizar la periodicidad de sus sesiones, participar en el ordenamiento urbanístico y edilicio y administrar las tierras fiscales ubicadas dentro de la jurisdicción, entre múltiples funciones. Para Urribarri "están dadas todas las condiciones para que haya una intervención profunda en la Legislatura, que inclusive incorpore iniciativas de este tema que no llegaron a tener sanción, por lo que sugiero la creación de una Comisión Bicameral, que abra el debate en busca de las mejores alternativas y que a la vez, ordene un texto sin fisuras desde lo representativo y si es posible desde el terreno político mejor todavía; creo que vale la pena intentarlo", finalizó.
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