E
l Concejo Deliberante de Paraná sancionó este miércoles la ordenanza que regula en la ciudad el acceso a información pública. “Toda persona física o jurídica tiene el derecho fundamental de solicitar y recibir toda la información pública, de manera veraz, completa y oportuna”, establece. Sus autoras son Claudia Acevedo y Karina Llanes, de Cambiemos. La normativa garantiza el acceso a documentos de organismos, entidades, empresas, sociedades, dependencias y todo otro ente que funcione bajo jurisdicción de todos los departamentos del Estado local, sean pertenecientes al Ejecutivo, Deliberativo y/o al Juzgado de Faltas de la Municipalidad, registró El Diario. También incluye a "entes privados beneficiarios de aportes o subsidios provenientes de fondos públicos y a quienes cuenten con permiso, licencia, concesión o cualquier otra forma contractual, cuyo objeto sea la prestación de un servicio público o involucre el uso y goce de bienes del dominio público". En este último caso, el derecho de acceso a la información pública solo regirá respecto a los fondos públicos recibidos o las funciones y servicios públicos desempeñados.. Los obligados deberán proveer la información contenida en cualquier formato. La ordenanza considera como información a cualquier tipo de documentación que sirva de base a un acto administrativo, como así también: - Ordenanzas, manuales de organización y procedimientos; - Nómina de empleados de Planta Permanente y funcionarios, categorías, márgenes de remuneraciones por categoría, viáticos y gastos de representación, presentismo y actuación de los mismos; - Programas de obras, procesos de licitación y contratación del área; - Presupuesto asignado e informes sobre su ejecución; - Listado de beneficiarios de programas desarrollados por la Municipalidad; - Información sobre diseño, monto, acceso y ejecución de los programas de subsidios; - Procesos de licitación y contratación para la adquisición de bienes, arrendamientos y prestación de servicios (...) como así también las compras directas; - Declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios públicos del municipio y entes descentralizados.