Miércoles 22 de febrero de 2017
  |  
Política
Erro será juzgado por una contratación directa
El ex intendente de Gualeguay será juzgado por la contratación directa de un sonido para los carnavales de 2014, cuando era jefe comunal. El juicio comienza este miércoles. Erro ya fue condenado por usar un medidor para un acto del FpV.
LuisErro.jpg
Luis Erro nuevamente en los Tribunales.

E

l ex intendente de Gualeguay Luis Erro enfrenta un nuevo proceso judicial en su contra. Esta vez por la supuesta contratación directa, sin respetar la normativa correspondiente, del sonido para la edición 2014 de los corsos locales. A esta instancia, Erro llega con un reciente revés: la Cámara de Casación Penal de Paraná le revocó el sobreseimiento que le dictó la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú. Previo a esta instancia, Erro fue sobreseído por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú, sentencia que fue apelada por la fiscal Josefina Beheran, del delito de fraude a la administración pública por administración fraudulenta, en relación a la compra de una partida de espuma de nieve para los corsos. Ante esta nueva causa y el reciente revés judicial, en los corrillos políticos se sostiene que “Erro está pagando en la Justicia haber sido imbatible en las urnas”. En este sentido se añadió que “la causa del medidor surgió del mismo peronismo, como venganza por el triunfo de Erro en la interna”. También se precisó que “actualmente, a las rencillas partidarias, Erro le debe sumar que en Gualeguay gobierna Cambiemos”. El argumento de la Cámara de Casación de Paraná fue que se constituyó “de modo irregular” el Tribunal, atentando así “contra los principios del juez natural y de intervención de las partes”. En el recurso de impugnación extraordinario que presentó la defensa de Erro se rechazó aquella pretensión y se señaló que “de tal suerte, y teniendo como cierto que constitucionalmente la garantía del juez natural está dirigida al ciudadano y en modo alguno se trata de una cuestión meramente formal) vemos que de la propia sentencia, surge claro (al relatar la conformación del tribunal de apelaciones) que no existió en absoluto violación a la garantía del juez natural, que por otra parte no fue alegada por ninguno de los intervinientes, sino que por el contario, existió una conformación que llevó mayor garantía de imparcialidad al tribunal, reforzando esta garantía esencia en un Estado de Derecho”. En el juicio que comenzará a sustanciarse este miércoles en Gualeguay, a Erro se le imputa que tanto “en su carácter de presidente municipal, como Mariano Emmanuel Iturbe, en su carácter de secretario de gobierno de la Municipalidad de Gualeguay, suscribieron el 16 de octubre de 2013 el decreto Nº 1071/13 por el cual se efectuó el llamado a licitación pública Nº 13/13, que fue declarado desierto por decreto Nº 1216”, como así también haber realizado un segundo llamado a licitación pública, el Nº 17/13, con “los mismos fines y bajo idénticas condiciones” que fue declarado desierto por decreto Nº 1307, “tras lo cual procedió a la contratación directa de la firma SIVE Group SA, para la prestación del servicio de sonido de los corsos oficiales 2014 y de los corsos infanto juveniles del mismo año, mediante el convenio del 7 de enero de 2014” aprobado este día por decreto Nº 17/13 “vulnerando así, con pleno conocimiento, el régimen de contrataciones estipulado por el artículo 98 inciso 2º de la ordenanza Nº 1990/02, modificada por ordenanza Nº 2097/1995”. También se le atribuye que en el pliego celebrado con SIVA Group SA “no se establecieron las condiciones técnicas en que dicha empresa debía cumplir con la prestación del servicio de sonido contratado, como consecuencia de lo cual hubo fallas y deficiencias notorias de sonido en la primera noche del carnaval”. Un informe del Tribunal de Cuentas de la provincia, organismo que fue requerido para que responda sobre determinados puntos de pericia, respondió ante la consulta sobre “si conforme a la legislación vigente exisitieron irregularidades en los procesos licitatorios vinculados a la contratación de sonido que se utilizó en la edición 2014 del Carnaval de Gualeguay” que “por todo lo expuesto en este punto, se concluye que existe identidad entre la Contratación Convenio con SIVE Group SA aprobada por el Decreto Municipal Nº 017/14 y las licitaciones públicas Nº 13/13 y Nº 17/13, en las fechas y en la prestación del servicio de sonido en Cantando Entre Ríos (que según se acordó, sería gratuito)”. En una serie de observaciones que se consignaron en el informe, resaltó que en el Convenio se pactó un pago de 297.000 pesos pero se abonó un importe menor consistente el 249.700 pesos. En este sentido se precisó que “de lo expresado se deduce que las Autoridades Municipales acordaron una disminución en el pago pactado con la firma prestadora del servicio de sonido por la disconformidad en la prestación del mismo, ello se verifica en la documental que justifica los pagos referidos, resultando observable que no se haya plasmado por escrito tal situación”. También se detalló que la empresa no realizó ningún reclamo posterior. El martes 31 de mayo de 2016, la Cámara del Crimen de Gualeguay condenó al ex intendente Erro y a Alfredo Dellagiustina, secretario de Obras Públicas, por el delito de peculado simple, dictándoles la pena de 2 años y 3 meses de prisión condicional más la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. El delito surgió de la utilización de un medidor de luz para proveer energía eléctrica a un local del Frente para la Victoria, para un acto. El perjuicio al erario público fue casi inexistente. Sin embargo, la jueza María Angélica Pivas fundó su voto en que, “en comparación con otros hechos significativos de corrupción, tanto a nivel nacional como provincial, pareciera éste no evidenciarse tan grave. Sin embargo sí lo es, no importa el monto, importa que quienes debieran preservar la incolumidad de la tarea funcional, no lo hicieron”, publicó El Diario.
Lo más visto
01
02
03
04
05
+ sobre el tema  
#Gualeguay
¿Que pensás sobre esto?
600
 caracteres restantes
Publicar comentarios en INFORME DIGITAL implica la aceptación plena de nuestro reglamento.
Comentarios
¡Tu comentario se ha enviado con éxito!
La aprobación del mismo dependerá de su aprobación por parte del moderador. Muchas gracias.
LIBERTAD PRODUCTORA
Santa Fe 322 Piso 8 Dto.A.
Paraná, Entre Ríos.
Tel: +54 343 4233381
[email protected]

Copyright 2002 INFORME DIGITAL | Todos los derechos reservados | Mediakit: Publicite con nosotros.
[email protected]
Aplicabbs | Diseño: Kembo Dupla Creativa