E
l decreto Nº 3587 suscripto por el gobernador de la provincia Gustavo Bordet prorroga por tercera vez la emergencia hídrica, vial, sanitaria y social declarada en la totalidad del territorio provincial a fines del año pasado. La emergencia se encuentra vigente desde el 21 de diciembre de 2015, cuando el gobernador la declaró mediante el decreto Nº 338, “en razón de las extraordinarias precipitaciones pluviales y la consecuente crecida de los ríos”. Fue por el término de 150 días, que se cumplió en mayo pasado. Posteriormente, a través del decreto Nº 1476, el mandatario entrerriano ordenó la primera extensión de la emergencia, a partir del 22 de mayo y por 90 días. Vencido este otro plazo, Bordet volvió a prorrogarla a través del decreto Nº 2326, con fecha del 19 de agosto. Esa vez por 60 días, que se cumplieron en octubre. Ahora, publicó APF Digital, el Gobernador decidió una nueva prolongación del estado de emergencia en la provincia, por el término de 120 días, que se cumplirán el 19 de febrero de 2017. "Resulta necesario continuar con las medidas de emergencia dispuestas para la atención de las necesidades de la población en forma adecuada y eficaz”, se consideró en la Casa Gris. El decreto El decreto Nº 3587 –con fecha del 25 de noviembre y publicado en el Boletín Oficial del día 30 de ese mismo mes– señala que “es de público conocimiento que los fenómenos climatológicos acaecidos en la Provincia a fines del año 2015 y durante casi todo el año 2016, siguen produciendo pérdidas y deterioros de magnitud en lo que refiere a producción e infraestructura”. Apunta además que “la baja de los ríos Uruguay y Paraná se produjo luego de instalarse los cauces durante prácticamente diez meses por encima de la altura normal, producto asimismo de las copiosas lluvias, lo que intensificó los daños en la trama vial, edificios escolares y efectos públicos de salud, no permitiendo efectuar un relevamiento exhaustivo de dichos daños para proyectar adecuadamente los arreglos y mejoras imprescindibles para el normal funcionamiento de los mismos”. Por tanto “se sigue considerando que dichos fenómenos han generado en consecuencia terrenos anegados en zonas rurales y costeras, con la imposibilidad de un acceso acorde a la necesidad de intervenir en tiempo y forma los edificios públicos, aislando a sectores de la sociedad que se vieron, y se ven aún, desplazados como consecuencia de este fenómeno de inimaginada envergadura”, se lee en los considerandos del decreto. Asimismo se remarca que “en la medida que sigan produciéndose precipitaciones en el Litoral Argentino, con vientos intensos, copiosas lluvias y permanente estado de alerta meteorológica, se requiere de una metodología de intervención en edificios públicos afectados que permita su inmediata solución, teniendo en cuenta que ya se ha empleado efectivamente ese sistema mediante los mecanismos previstos en el artículo 12°, inciso c) de la Ley de Obras Públicas N° 6351 y Decreto Reglamentario, así como en las contrataciones del Estado, vía excepción, con arreglo a las disposiciones del artículo 27°, inciso c), apartado b), Punto 9 de la Ley 5140 y modificatorias (tuo por Decreto N° 404/95 MEOSP)”. Por último, se indica que “como consecuencia del escenario descripto resulta necesario continuar con las medidas de emergencia dispuestas desde este Gobierno provincial por un plazo de 120 días más, para la atención de las necesidades de la población en forma adecuada y eficaz”.