Viernes 11 de noviembre de 2016
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Concordia tirará pirotécnia por última vez en diciembre
Este jueves se aprobó la ordenanza "Pirotécnia Cero", que prohíbe la detonación y comercialización de fuegos artificiales. Los últimos estallarán en las fiestas de fin de año ya que la disposición comenzará a regir desde junio de 2017.
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Prohibieron el uso y venta de fuegos artificiales.
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E

l Concejo Deliberante de Concordia aprobó por unanimidad la ordenanza "Pirotecnia Cero". La norma establece prohibiciones explicitas a cumplir desde junio del 2017. Por ello, los últimos fuegos artificiales estallarán en las fiestas de navidad y año nuevo. En concreto, prohíbe la tenencia, detonación, comercialización, transporte, almacenamiento, fabricación, venta minorista, mayorista y el uso particular de todo elemento de pirotecnia. La medida unificó los proyectos presentados por los concejales Amadeo Cresto (FPV) y Esteban Benítez (Cambiemos), comenzará a aplicarse en 6 meses. Este jueves se aprobó con el apoyo unánime de los ediles de los tres bloques, la normativa que tiene como principales objetivos minimizar el efecto negativo que produce la utilización de pirotecnia sobre el ambiente, los animales y los seres humanos; en particular en aquellas personas vulnerables a sus efectos, como quienes padecen autismo, hipertensión o problemas psicológicos y/o psiquiátricos. En un comunicado oficial enviado a INFORME DIGITAL, se especificó que en los artículos 9° y 10° de la normativa aprobada, el incumplimiento será sancionado con multa de diez (10) a doscientos (200) juristas. Siendo la autoridad de vigilancia y control la Dirección de Inspección General de la Municipalidad de Concordia y el Juzgado de Faltas quien aplique las multas y sanciones. En el caso que quien cometa la infracción sea un menor de 18 años, "responderá aquella persona a cuya guarda o cuidado se encontrare el menor al momento de cometer la infracción". En los casos en que las acciones previstas en las prohibiciones tengan finalidad comercial el mínimo de la pena será elevado a cincuenta (50) juristas, y se podrá disponer además la clausura del local, comercio, deposito o sus anexos hasta por noventa (90) días.
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