E
ste martes al mediodía el Tribunal Oral Federal integrado por Lilia Carnero, Roberto López Arango y Noemí Berros condenó a Ricardo Atilio Céparo a la pena de 11 años de prisión por delitos que fueron cometidos en el marco del plan sistemático de represión ilegal que tuvo lugar durante la dictadura cívico-militar. El represor fue condenado por haber privado ilegalmente de su libertad y haber efectuado tormentos a una ciudadana que se encontraba en el Sanatorio La Entrerriana, donde era su lugar de trabajo, junto a un grupo de personas en la mañana del 23 de septiembre de 1976. Por entonces era oficial ayudante de la Policía de Entre Ríos con prestación de servicio en la División de Despacho de la Jefatura Departamental de Paraná. “Es una condena histórica que le da continuidad al proceso de investigación sobre los juicios por delitos de lesa humanidad en nuestra provincia, sabiendo que esto es una realidad que ha sido construida por más de 40 años de lucha de los organismos de derechos humanos”, sostuvo Germano. El subsecretario de Derechos Humanos destacó en particular el trabajo de los abogados Marcelo Boeykens y Sofía Uranga que llevaron adelante la acusación particular de la Agrupación H.I.J.O.S. Regional Paraná. Tras la condena, Céparo regresó a la Unidad Penal 1 de Paraná, donde se encuentra detenido. Además el tribunal decidió diferir una resolución sobre el pedido de prisión domiciliria formulado por su abogado defensor. El 5 de octubre pasado, el fiscal general Candioti había requerido la pena de 16 años de prisión para el acusado, mientras que la querella había solicitado 21 años de prisión. Durante el debate declararon una veintena de testigos, entre ellos dos ex policías, uno de los cuales refirió que Céparo "estaba vinculado a los detenidos políticos", es decir, relacionado a su persecución, y el otro declaró haber recibido amenazas de muerte para él y su familia con el objeto de que se manifestara en favor del acusado. Entre otras pruebas, el fiscal tuvo en cuenta los testimonios de tres ex detenidas políticas -dos de las cuales declararon en el debate- que fueron sacadas por el acusado de la celda que ocupaban en la Unidad Penal 6 para que firmaran "una declaración que ya venía confeccionada y que no pudieron leer". En el veredicto dictado este martes, el tribunal ordenó remitir copias de aquellos testimonios para que se investigue a Céparo por los delitos contra esas mujeres. Candioti también tuvo en cuenta en la acusación que el imputado "fue instruido especialmente en el curso para combatir la subversión" que dictaba la Policía Federal, para el cual había sido enviado por el jefe de la Policía de Entre Ríos. En la primera audiencia del juicio, el fiscal Candioti logró que el tribunal aceptara la incorporación como documento de la denuncia que había realizado en 1984 la víctima ante la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, que nunca había sido judicializada y que contiene un relato pormenorizado de los hechos que sufrió durante su cautiverio. El valor de ese documento radica en que, ya entonces, la mujer reconocía a Céparo como responsable.