Sábado 06 de agosto de 2016
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Política
La UCR de Entre Ríos aprobó su nueva Carta Orgánica en Villaguay
Sesionó este sábado en Villaguay el Congreso Ordinario del radicalismo. Se aprobó boleta única para elecciones internas, integración de minorías y un cupo de género mínimo de 30%. No se modificó cantidad ni quórum de congresales.
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Sesionó este sábado en Villaguay el Congreso Ordinario del radicalismo.
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Sesionó este sábado en Villaguay el Congreso Ordinario del radicalismo.

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e la redacción de INFORME DIGITAL El radicalismo entrerriano tuvo su Congreso Ordinario este sábado en la ciudad del centro entrerriano, en el que se aprobó una treintena de modificaciones a su Carta Magna partidaria. Los cambios más importantes refieren a la implementación de la boleta única para los comicios internos del partido, a la participación de la juventud -que ahora podrá votar en las elecciones de autoridades partidarias sin el requisito de tener 30 años- y la introducción del cupo mínimo por género para cargos electivos y de conducción partidaria (3 de cada 10 candidaturas). También se derogó el artículo 93, que estipula los avales a las listas. No hubo cambios, entanto, en la posibilidad de afiliar a los menores 18 años y se decidió mantener la afiliación a partir de esa edad. A su vez, tampoco se aprobaron modificaciones en cuanto al número de integrantes del Congreso provincial ni del quórum para que sesiones. Se mantienen las cantidades actuales: 358 miembros y un quórum de un tercio del total, es decir 119 congresales. Otro cambio aprobado este sábado en Villaguay para destacar es la puesta en práctica del sistema D'Hont para integración y representación de las minorías en la conducción de centenario partido. Para alcanzar la minoría en la conducción del partido se sigue exigiendo un piso del 25 por ciento de votos, pero las vocalías del Comité Provincial se repartirán proporcionalmente a la cantidad de votos de cada lista. Los cargos de la mesa chica de conducción (donde están los cargos de (presidente, vice, secretario, tesorero, etc.) seguirán siendo para el sector triunfador. Por otra parte, dos incisos se agregaron al artículo 78. El 78 bis establece que “los organismos partidarios promoverán, cuando las circunstancias lo permitan, la creación de un área o espacio destinado a promover y garantizar: a) la eliminación de discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida; b) el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencias; c) el principio de equidad de género en todos los órdenes, eliminando de las políticas públicas cualquier exclusión, segregación o discriminación que se le oponga; d) la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres; e) la equidad de género en la representación política y partidaria y en la conformación de candidaturas con probabilidad de resultar electas”. En tanto, el 78 ter dispone que se impulse “la creación de un área o espacio para llevar adelante acciones tendientes a la formación, creación y construcción de propuestas concretas en las temáticas que incumben a la diversidad en su sentido más amplio: sexual, cultural, social y religiosa”.
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