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e la redacción de INFORME DIGITAL “En la práctica, los recursos públicos disponibles para los municipios, se pierden muchas veces en tecnicismos burocráticos que empantanan los beneficios para las comunas”, argumentó Bahillo, presidente del bloque oficialista en la Cámara Baja provincial. Alega la necesidad de modificar cuestiones de redacción de los artículos 19 y 20 de la actual ley de Régimen Municipal (nº 10.027), debido a la existencia de “tecnicismos burocráticos que empantanan los beneficios para las comunas” El legislador sostiene que el control de la toma de deuda comunal “debe existir de parte de los concejos deliberantes municipales”. Entre las modificaciones se destaca la del artículo 19, de la siguiente forma: “Toda operación de crédito público deberá ser autorizada por una ordenanza especial. Cuando el crédito público o empréstito fuere contraído para financiar la inversión en bienes de capital o en obras y servicios públicos de infraestructura, se requerirá la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros del Concejo Deliberante”. Aquí el diputado y ex intendente de Gualeguaychú propone incorporar: “aun cuando se afecte o grave como garantía rentas o recursos municipales”. El mismo inciso continúa: “en situaciones excepcionales, y con el voto de los dos tercios de la totalidad de los miembros del Concejo Deliberante, podrá ser contraído para financiar gastos corrientes, debiendo contener fecha de vencimiento y ser cancelado durante el periodo de la gestión que tomara el crédito público o el empréstito y hasta sesenta días antes del vencimiento de su mandato”. (ver texto en galería de fotos)