Lunes 11 de julio de 2016
  |  
Política
Macri nombró una "Directora General de Discurso"
Se trata de Julieta Herrero, una ex funcionaria del gobierno porteño. La funcionaria responde a la Subsecretaría de Comunicación Presidencial de la Secretaría General de la Presidencia, que encabeza Fernando de Andreis.
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Macri tiene una directora de Discurso.

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egún se publicó este lunes en el Boletín Oficial, desde el 19 de mayo y por 180 días hábiles, la Argentina tiene una directora General de Discurso. Se trata de Julieta Herrero, una funcionaria que trabajó muchos años en el gobierno porteño, es la funcionaria encargada de cuidar cada una de las frases del presidente Mauricio Macri. El cargo funciona dentro del organigrama de la Subsecretaría de Comunicación Presidencial de la Secretaría General de la Presidencia que conduce Fernando de Andreis. Allí se cocina cada una de las apariciones presidenciales. Herrero, además de haber sido una de las autoras de los speechs macristas de la campaña presidencial, provee al Presidente de informes y resúmenes sobre temas y lugares a visitar. Al equipo de asesores de discurso del Presidente también lo integran Iván Pavlosky, su vocero desde los tiempos de Boca; y la del subsecretario de comunicación estratégica, Hernán Iglesias Illa. Mirá el decreto completo: Decreto 835 Artículo 1° — Desígnase, con carácter transitorio, a partir del 19 de mayo de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Lic. Julieta Catalina HERRERO (D.N.I. N° 28.156.529), en el cargo de Directora General de Discurso de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel A, Grado 0, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del referido Convenio, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho ordenamiento, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198. Artículo 2° — El cargo involucrado en el artículo 1° deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 19 de mayo de 2016. Artículo 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20 - 01 SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. Artículo 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — P/P MICHETTI. — Marcos Peña.
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