Jueves 23 de junio de 2016
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Política
Obtuvo media sanción ampliar la figura del arrepentido para casos de corrupción
La Cámara baja avaló y giró al Senado el proyecto de ley, que además se amplía a otros delitos. El oficialismo consiguió el apoyo del Frente para la Victoria gracias a la eliminación de otra figura, la del “colaborador eficaz".
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Obtuvo media sanción el proyecto de Ley del arrepentido. (Foto de archivo).
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n medio de distintas investigaciones judiciales que involucran a funcionarios pasados y actuales, la Cámara de Diputados aprobó este jueves por abundante mayoría el proyecto de ley que amplía la figura del arrepentido a los casos de corrupción y otros delitos. La iniciativa, consensuada entre todos los bloques tras un intenso debate en comisiones, obtuvo 194 votos a favor y cinco en contra, al cabo de una discusión de cuatro horas. Cambiemos contó con el respaldo del Frente Renovador, el bloque Justicialista y también el Frente para la Victoria, que consiguió una modificación clave en el texto que el oficialismo pretendía aprobar. También hubo apoyo del progresismo y los puntanos que responden a los hermanos Rodríguez Saá, mientras que el rechazo vino de los cuatro miembros del Frente de Izquierda y, llamativamente, de un diputado del FpV: el neuquino José Ciampini. Julio De Vido, el protagonista de la jornada en la Cámara baja por el proyecto que autoriza su allanamiento, estuvo ausente al momento de la votación, consignó Parlamentario. El texto establece que “se le podrá reducir la pena a toda persona imputada o condenada, con o sin sentencia firme (…) cuando durante la sustanciación de un proceso del que sea o no parte, brinde información o datos precisos, comprobables y verosímiles”. Los beneficios que podría tener el arrepentido son los de suspensión de la acción penal y la reducción de pena en expectativa, pero no podrán acogerse los sujetos susceptibles de juicio político –presidente, vice, ministros del PEN y jueces de la Corte Suprema-. El proyecto, que ahora deberá tratar el Senado, también incorpora la figura del “arrepentido falaz”, es decir, el que proporcione “información falsa o datos inexactos”, que será penado con prisión de 4 a 10 años. La redacción original también contemplaba otra figura, la del “colaborador eficaz”, esto es, quien quiera aportar datos pero no esté imputado en la causa en cuestión, para acceder a la reducción de penas al igual que el arrepentido. Pero a pedido del Frente para la Victoria, se fijó que sea el mismo arrepentido el que pueda brindar información sobre otra causa conexa. Además, el oficialismo decidió eliminar la posibilidad de que los que ya están condenados se puedan acoger al beneficio del arrepentido; lo mismo sucede si la persona está procesada. Es decir, el arrepentido sólo puede ser un imputado. Los acuerdos con el arrepentido estarán en manos del fiscal de la causa y deberán ser homologados por un juez, que deberá corroborar la veracidad de los datos aportados a la causa.
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