Lunes 06 de junio de 2016
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Interés general
Inundaciones: extienden plazos a productores para pedir exenciones
Este lunes era el último día para acogerse a los beneficios impositivos establecidos en el decreto que dispuso la emergencia agropecuaria. El gobierno dio una prórroga hasta el 21 de junio. La documentación a presentar.
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El 21 de junio es el último día para acogerse a los beneficios

S

i bien no está firmada la resolución administrativa, desde el Ministerio de la Producción confirmaron que el plazo para inscribirse en la emergencia agropecuaria, que vencía este lunes, fue corrido para el 21 de junio. El trámite se realiza en dependencias del Ministerio de Producción y deber ser avalado por las entidades representativas del sector. Las planillas que integran esta documentación se pueden encontrar en el portal digital del ministerio de Producción de la provincia. Una vez completado el trámite, la documentación, indefectiblemente, debe ser avalada por las entidades representativas del sector: Federación de Cooperativas, Federación Agraria, Sociedad Rural o bien por Cooperativas zonales, juntas de gobierno o municipios a los cuales pertenezcan los productores. La nueva convocatoria está en consonancia con el decreto Nº 879 del Ejecutivo provincial, que amplió al Nº 411 de diciembre de 2015, incluyendo en esta oportunidad a productores ganaderos, lecheros, agrícolas, forestales, citrícolas, apícolas y hortícolas de todos los departamentos, a raíz de las precipitaciones ocurridas en los últimos meses y que se intensificaron en el mes de abril. La documentación complementaria que acompaña a las declaraciones juradas son fotocopia de DNI, CBU (en caso de poseer cuenta bancaria), CUIT/Renaf, y planillas de vacunación de Fucofa (para quien corresponda), precisó APF. Los productores que cumplimenten el trámite y ya con el certificado en su poder, deberán presentarse ante Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) para gestionar la prórroga del pago del impuesto inmobiliario rural y subrural e ingresos brutos hasta el 15 de diciembre del corriente año. Asimismo, al estar homologado a nivel nacional, se podrá acoger a los beneficios dispuestos para estos casos por la Ley nacional Nº 26.509 – (Trámite ante AFIP). También están vigentes diversas líneas de financiamiento a través de la banca oficial y privada, con plazos y tasas diferenciadas, especialmente diseñadas para asistir a los productores que fueron afectados por los fenómenos climáticos. Las oficinas de recepción de las declaraciones juradas son: Ministerio de Producción: Casa de Gobierno – 1er. Piso Oficina 74 Dirección de Agricultura: Tejeiro Martínez 480. Dirección de Ganadería: 25 de Mayo 113, 1er. Piso Paraná.
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