Miércoles 06 de abril de 2016
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Interés general
Quieren cero alcohol al volante en la juventud en Entre Ríos
La provincia quitaría el límite 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre. El nuevo proyecto extiende una tasa de alcoholemia cero a todo persona al volante. Fue impulsado por la Secretaria de la Juventud.
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Urribarri, Bordet y Mathieu impulsarán el proyecto.
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Impulsarán una proyecto de ley de tolerancia cero alcohol.
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e la redacción de INFORME DIGITAL El Gobierno provincial impulsará un proyecto de ley denominado “Tolerancia cero alcohol y estupefacientes”, que modifica el artículo 1° de la Ley Provincial N° 10.025, que adhiere a la Ley Nacional 24.449, que pone un límite de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre a conductores. La iniciativa tiene como objetivo implementar en el territorio provincial el “Programa provincial de prevención y lucha contra el consumo indebido de alcohol y estupefacientes”, cuyo objetivo es disminuir la cantidad de siniestros viales relacionados al consumo de bebidas alcohólicas y drogas. La iniciativa será impulsada por el gobernador Gustavo Bordet, el ministro de Gobierno Mauro Urribarri, y cuenta con la iniciativa de la Secretaria de la Juventud, a cargo de Nicolás Mathieu, que acercó la propuesta e inmediatamente fue aceptada y ampliada a todos los sectores sociales. La secretaría sería la autoridad de aplicación de la normativa y recibirá el 1% proveniente de las multas que se labren. En nuestro país, la ley que regula la cantidad de alcohol autorizada para conducir un automóvil, establece como límite de alcoholemia 0.5 gramos de alcohol por litro de sangre. Se considera que a partir de esta cantidad la persona comienza a manifestar problemas para conducir. Este límite se vuelve más estricto para la conducción de motos y ciclomotores donde la tolerancia se disminuye a 0.2 gr/litro y a 0 para quienes conducen transporte de carga o pasajeros. Precisamente el proyecto elimina la adhesión al artículo 17º de la Ley Nacional de Lucha contra el Alcohol Nº 24.788, que prohíbe “cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre”. En el artículo 2º del nuevo proyecto se establece “que no podrá circular, por las vías objeto de esta Ley y de su reglamentación, el conductor de vehículos con tasa de alcoholemia superior a cero (0) gramos por un mil (1.000) centímetros cúbicos de sangre”. En el artículo 3° se establece que queda prohibido circular a quienes hayan “estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas”. Para ello se implementarán una serie de controles a conductores que “consistirán en la verificación del aire expirado mediante alcoholímetros autorizados y serán practicadas por los agentes encargados del control del tránsito”, dice el proyecto al que tuvo acceso INFORME DIGITAL. “A petición del interesado o por orden de autoridad judicial se podrán repetir ante esta última las pruebas a efectos de contraste, pudiendo consistir ellas en análisis de sangre u otros análogos”, se agrega en el proyecto. El proyecto
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